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POR NO SUBSANARSE LO OBSERVADO 

La demanda que ha sido observada y no subsanada en el plazo otorgado, ni en las ampliaciones concedidas, resulta ser una demanda defectuosa, correspondiendo en consecuencia darse aplicación a la conminatoria efectuada, teniéndosela como no presentada.


AID-S1-0030-2019

"la demanda interpuesta de fs. 33 a 37 de obrados, misma que fue objeto de observación mediante proveído de 24 de noviembre de 2017, cursante a fs. 39 de obrados, esta instancia jurisdiccional con la finalidad de que el proceso se tramite dentro del marco de la legalidad, ajustado a derecho y velando por el acceso a la justicia, dispuso que con carácter previo a considerar la admisión de la demanda, la parte actora deberá subsanar lo siguiente ..."

"(...) Que, a fs. 110 de obrados cursa nuevo Informe emitido por Secretaría de Sala Primera del Tribunal Agroambiental, que la parte actora no dio cumplimiento a lo dispuesto por Decreto de 14 de marzo de 2019, cursante a fs. 108 de obrados, en merito a lo señalado por el referido Informe se conminó por última vez a la parte actora, a objeto de que de cumplimiento al Decreto de 08 de febrero de 2019, cursante a fs. 105 de obrados, dado el carácter social de la materia se le concedió el plazo de 8 días hábiles, computables a partir de su legal notificación, manteniéndose vigente el apercibimiento de tenerse la demanda como no presentada en caso de incumplimiento, conforme prevé el art. 333 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente conforme previsión del art. 78 de la L. N° 1715.

Que de la revisión de obrados y el Informe N° 177/2019 realizado por Secretaría de Sala Primera del Tribunal Agroambiental, cursante de fs. 113 a 114 de obrados evidenciándose que la parte actora no dio cumplimiento a lo dispuesto mediante Decreto de 08 de febrero de 2019, en el plazo previsto, pese a las ampliaciones concedidas, dado el incumplimiento de la parte actora; por consiguiente, incurriéndose en la configuración de una demanda defectuosa, corresponde en consecuencia dar aplicación a las conminatorias efectuadas."