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POR NO SUBSANARSE LO OBSERVADO 

En aquellos casos en los que pese a la ampliación de plazos, por el carácter social de la materia, la parte demandante no subsano  las observaciones realizadas a su demanda, corresponde en consecuencia darse aplicación a la conminatoria efectuada, teniéndosela por no presentada.


AID-S1-0094-2018

"Que, la parte demandante presenta el memorial cursante de fs. 36 a 44 vta. con la suma de cumple lo ordenado, mismo que mereció el decreto cursante a fs. 47 de obrados, donde se ordena a la parte actora de cumplimiento al decreto de 16 de agosto de 2018, con lo relación a la presentación del Certificado de Emisión de Titulo Ejecutorial y Folio Real de DD.RR. ambos actualizados, asimismo se hace constar que pese a que el memorial de subsanación fue presentado de manera extemporánea, dado el carácter social de la materia se amplía el plazo para el cumplimiento del precitado decreto en 7 días hábiles, manteniéndose el apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda en caso de incumplimiento. Providencia que fue debidamente notificada el 26 de septiembre de 2018, conforme se evidencia de la diligencia cursante a fs. 48 de obrados.

Que, el apoderado de los demandantes presentó el memorial cursante a fs. 51 de obrados solicitando la ampliación del plazo para acompañar la documental requerida, mereciendo el decreto de 26 de octubre cursante a fs. 53 de obrados que dado el carácter social de la materia se le concede un último plazo de 15 días hábiles, manteniéndose la conminatoria de ley, proveído que fue legalmente notificado el 31 de octubre de 2018, conforme consta de la cédula de notificación cursante a fs. 54 de obrados.

Que, mediante el memorial cursante a fs. 55 de obrados el apoderado de los demandantes solicita el desglose de la documentación en mérito a que no habría dado cumplimiento a lo dispuesto por los decretos de conminatoria antes mencionados.

Que, de revisión de obrados y en atención al memorial cursante a fs. 55 de obrados, se evidencia que los demandantes no subsanaron las observaciones realizadas a su demanda hasta la fecha, correspondiendo en consecuencia dar aplicación a la conminatoria efectuada."