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MEDIOS EXTRAORDINARIOS DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO / Desistimiento del proceso

La naturaleza de este desistimiento implica una abdicación a ejercer un derecho que se tiene y que en adelante ya no se lo podrá ejercitar, haciéndose imposible que en lo posterior se acuda ante los tribunales con una pretensión de contenido igual.

 


AID-S2-0038-2021

"Se trata de una forma extraordinaria de conclusión del proceso que involucra el renunciamiento de la parte actora a la pretensión jurídica planteada en la demanda, además de que el actor no podrá promover otro proceso por el mismo objeto y causa, debido precisamente que la naturaleza de este desistimiento implica una abdicación a ejercer un derecho que se tiene y que en adelante ya no se lo podrá ejercitar, haciéndose imposible que en lo posterior se acuda ante los tribunales con una pretensión de contenido igual".