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DEMANDA IMPROPONIBLE

En una demanda de Interdicto de Retener la Posesión, cuando el derecho propietario concerniente a una Tierra Fiscal ya fue definido durante el proceso de saneamiento, la autoridad agroambiental no puede declarar improponible la demanda considerando que sería contrario a la pretensión incoada por el demandante, cuya petición radica en la defensa de la posesión y no así en que se dilucide el derecho propietario por cuanto, determinar el rechazo de la demanda, con argumentos que son ajenos a la naturaleza jurídica de las acciones interdictales, vulnera no solo al derecho de acceso a la justicia, sino la verdad material.