Línea Jurisprudencial

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AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO 

Medida Precautoria de Prohibición de Innovar

Un Auto Definitivo es susceptible de recurso de casación si se considera la vigencia en la jurisdicción del "per saltum", garantizando así un acceso a los justiciables agroambientales a que, las determinaciones de los jueces de instancia sean conocidas y revisadas por el Tribunal Agroambiental, a diferencia de Materia Civil donde la denegación de la Medida Cautelar es susceptible de recurso de apelación; en consecuencia, la determinación de no ha lugar a la solicitud de Medida Precautoria de Prohibición de Innovar, se equipara a un Auto Definitivo que pone fin a la pretensión, de donde se concluye que procede contra el mismo el recurso de casación.


AAP-S1-0095-2023

"(...) el Auto Definitivo cursante de fs. 51 a 53 vta. de obrados, constituye una Resolución Judicial que corta todo ulterior procedimiento ya que con este fallo no se está admitiendo la tramitación de la medida cautelar invocada, cortando todo procedimiento iniciado; asimismo, define derechos porque claramente establece que la parte actora no ha demostrado la inminente existencia de perjuicios para la cosecha de productos alimenticios de los demandantes; en tal sentido el Auto Definitivo objeto de impugnación, es susceptible de recurso de casación; con mayor razón si se considera la vigencia en la jurisdicción del "per saltum", garantizando así un acceso a los justiciables agroambientales a que, las determinaciones de los jueces de instancia sean conocidas y revisadas por el Tribunal Agroambiental, a diferencia de Materia Civil donde la denegación de la Medida Cautelar es susceptible de recurso de apelación; en consecuencia, la determinación de no ha lugar a la solicitud de Medida Precautoria de Prohibición de Innovar, dispuesta mediante Auto de 6 de junio de 2023 cursante de fs. 51 a 53 vta. de obrados, se equipara a un Auto Definitivo que pone fin a la pretensión, de donde se concluye que procede contra el mismo el recurso de casación; fallo judicial que analizado y compulsado con los antecedentes del proceso, se encuentra acorde al debido proceso y la normativa legal vigente, por lo que corresponde pronunciarse".