Línea Jurisprudencial

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En caso de no evidenciarse el error de hecho o de derecho en el que hubiese incurrido el juzgador, mediante prueba idónea, el Tribunal aplica la regla, en sentido de que, la prueba apreciada por el juez de instancia con base al principio de inmediatez, es incensurable en casación.

En un proceso de Interdicto de recobrar la posesion es imposible poner en ponderación el derecho de propiedad de un nuevo título con el derecho de posesión extinguido, ya que el mismo no tiene asidero legal.