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JERÁRQUICO

Resolución de nulidad no agota competencia administrativa

En la tramitación de un Proceso Administrativo Sancionador, la resolución de un Recurso Jerárquico declarando la nulidad de obrados, no agota la competencia de la jurisdicción administrativa para conocer el caso (SAN S1 100-2015).


SAN-S1-0100-2015

"(...) se verifica que la Resolución/Forestal/N° 014 de 19 de marzo de 2013, no se pronunció en el fondo, en relación al Recurso Jerárquico presentado por el señor Alcides Guardia Iriarte, en representación del Aserradero "El Tiluchi", dada la nulidad de obrados dispuesta, no habiéndose agotado en consecuencia aún la competencia de la jurisdicción administrativa para conocer el caso; aspecto que hace que éste Tribunal no pueda pronunciarse sobre el mismo vía proceso contencioso administrativo, cuya naturaleza es precisamente el ejercer el control de legalidad sobre las decisiones de la autoridad administrativa cuando definen derechos e impongan sanciones; por lo que no se puede pretender que este Tribunal, resuelva un recurso que previamente debe ser tramitado por las instancias respectivas, no siendo el mismo procedente, en virtud al principio de la jerarquía normativa determinada por el art. 4-h) de la L. N° 2341, toda vez que en el presente proceso aún no puede establecerse jurídicamente si existió violación al debido proceso, al derecho a la defensa, al juez natural, a la igualdad de oportunidades, al derecho al trabajo o al derecho de petición; pues si bien este Tribunal tiene competencia para revisar todas las etapas del procedimiento administrativo, sin embargo su competencia está determinada en base a lo resuelto en el Recurso Jerárquico por parte del Ministerio de Medio Ambiente y Aguas, pero cuando esté agotada toda tramitación en sede administrativa; en el presente caso de los fundamentos jurídicos establecidos en la Resolución/Forestal N° 014 de 19 de marzo de 2013, como se señaló precedentemente, se evidencia que la misma no ingresó a resolver el fondo del recurso jerárquico de referencia; por lo que corresponde resolver."