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NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO PROCESAL

No es necesario individualizar a todos los avasalladores

la naturaleza jurídica del proceso de Desalojo por Avasallamiento se desarrolla con la presentación escrita o verbal de la demanda por parte del titular o afectado, acreditando el derecho propietario y la relación sucinta de los hechos, no siendo necesario individualizar a todos los avasalladores, pues los mismos pueden ser identificados durante el trámite del proceso (AAP-S1-0121-2022)

 


AAP-S1-0121-2022

"(...) al margen de existir convalidación o actos consentidos en lo que respecta al avasallamiento acaecido en la fecha señalada por parte del ahora recurrente, también el reclamo resulta una cuestión formal, toda vez que no afecta la decisión de fondo o sustancial asumida por la Juez de instancia, en aplicación del principio de verdad material establecido en el art. 180.I de la CPE, debiendo considerarse además que conforme lo previsto en el art. 5.I.1 de la Ley N° 477, que la naturaleza jurídica del proceso de Desalojo por Avasallamiento se desarrolla con la presentación escrita o verbal de la demanda por parte del titular o afectado, acreditando el derecho propietario y la relación sucinta de los hechos, no siendo necesario individualizar a todos los avasalladores, pues los mismos pueden ser identificados durante el trámite del proceso"