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DESARROLLO DE LA AUDIENCIA

Falta de firma de Acta ( Perito)

La falta de firma del Perito en el Acta de Audiencia se subsana cuando consta en obrados haberse puesto en conocimiento de ambas partes la cotización por el peritaje, sin tener mayor observación, por lo que dicha omisión, no reviste vulneración del derecho a la defensa o al debido proceso, si no impidió que las partes puedan ejercer sus derechos procesales.(ANA-S1-0038-2013)


ANA-S1-0038-2013

“(…) no es menos evidente que esta omisión fue subsanada, toda vez que la cotización por el peritaje de fs. 86 fue puesto en conocimiento de ambas partes sin mayor observación, constando incluso que a fs. 91, el actor ahora recurrente hace mención a la suscripción de contrato y pago parcial por los servicios del perito; por lo que dicha omisión de la firma en el acta mencionada, no reviste vulneración del derecho a la defensa o al debido proceso, por cuanto la misma no impidió que el demandante ejerza en igualdad de condiciones sus derechos procesales; no evidenciándose por tanto nulidad alguna que interese al orden público y que amerite la aplicación del art. 275 del Cód. Pdto. Civ.,”