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RELEVAMIENTO DE INFORMACIÓN EN CAMPO (PERICIAS DE CAMPO, CAMPAÑA PÚBLICA, FICHA CATASTRAL, DEJUPO, LINDEROS Y OTROS)

La Resolución que disponga la Ampliación del Relevamiento de Información de Campo, no implica nuevo saneamiento, sino que permite sanear el proceso hasta anular obrados. 


SAN-S2-0041-2017

"b)Acusa haber determinado tardíamente el área de saneamiento provocando daño económico al demandante, tómese en cuenta que si bien se realizó un primer saneamiento en fecha, mediante Informe Legal SAN-SIM LEG Nro. 1080/2014 se sugiere de que a fin de no acusar indefensión a las partes se dicte una nueva Resolución que disponga la Ampliación del Relevamiento de Información de Campo y es así que luego de concluidas las notificaciones a las partes, NO ES QUE SE haya realizando un nuevo saneamiento, lo que se hizo fue ampliar la Información y es justamente en este Nuevo Informe de la gestión 2015 que se resuelve anular obrados del proceso de saneamiento del Predio "Arturo", por lo que no se causo ninguna perjuicio a la parte demandante, pues lo que se realizo fue sanear de manera correcta el predio objeto del proceso."