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AUDIENCIA DE PRODUCCIÓN DE PRUEBA Y VERIFICACIÓN FES

El Informe Multitemporal, imágenes satélites, fotografías y otros, como apoyo técnico a la verificaciónd de la FS y FES (cuya verificación se realiza en forma directa en campo), no se encuentran previsto en normas del proceso de reversión, sin embargo se pueden utilizar, como medios técnicos de exploración inicial de la situación del predio.


SAP-S1-0013-2019

“Con relación al Punto 5.2 del memorial de demanda que hace referencia al Informe de Análisis Multitemporal DGAT-USC-FS-FES-INF TEC N° 056/2013 de 14 de noviembre de 2013; según el demandante, este Informe no identifico indicios de incumplimiento de la Función Económica Social y no existiría razón para haberse desarrollado el proceso de reversión en el predio; el referido Informe no se encuentra previsto de manera expresa en las normas específicas que rigen el procedimiento administrativo de reversión; el artículo el art. 159 del D.S. 29215 de 02 de agosto de 2007 señala que, la verificación de la Función Social y Función Económica Social se realiza de forma directa en campo, siendo éste el principal medio de prueba; sin embargo la misma norma legal indica que se puede utilizar como apoyo técnico, instrumentos complementarios de verificación, como ser imágenes de satélites, fotografías áreas, y toda información técnica y/o jurídica idónea que resulte útil; dentro de esta previsión se encuentra el Informe Multitemporal como un medio técnico de exploración inicial de la situación del previo a ser objeto de proceso de reversión, al cual decidió recurrir el INRA como base de apoyo esencial para respaldar su decisión de iniciar el procedimiento administrativo de reversión, siendo esta una facultad privativa de la Autoridad administrativa que imparte el desarrollo de los procesos de su competencia.”