Derecho al Juez Natural

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

DERECHO AL JUEZ NATURAL

Es deber del Juez resolver debidamente las controversias sometidas a su conocimiento; asimismo  cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad que afecten el normal desarrollo del proceso, normas que hacen al debido proceso, que al ser de orden público su inobservancia constituye motivo de nulidad. 

ANA-S2-0079-2017;
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