Se ha valorado

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

SANEAMIENTO, MEDIOS PROBATORIOS, CUMPLIMIENTO DE LA FES, DEBIDO PROCESO 

En el saneamiento deben valorarse el conjunto de medios probatorios, destinados a demostrar el cumplimiento de la FES; la omisión en la valoración de un certificado de registro de marca (considerada en el formulario de Cumplimiento de FES), implica vulneración al debido proceso. (SAN-S2-0081-2017)

SAN-S2-0081-2017;
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PRECEDENTE 2

CUMPLIMIENTO DE LA FES/FS

El ente administrativo para evidenciar el cumplimiento de la FS o de la FES, debe analizar la situación del predio de manera integral; en aquellos casos en los que el Informe en Conclusiones adolece de falta de objetividad y razonabilidad, se aparta de las garantías constitucionales y de un correcto, justo, legal y transparente proceso de saneamiento." (SAN-S1-0019-2017)

SAN-S1-0019-2017;
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PRECEDENTE 3

DERECHO DE UNA PEQUEÑA PROPIEDAD, CUMPLIMIENTO DE LA FES O FS 

En materia agraria, para regularizar y perfeccionar el derecho de una pequeña propiedad, se tiene que se tiene que verificar el cumplimiento de la Función Social, acreditando que el poseedor o el propietario, tienen residencia y que trabajan la tierra; un entendimiento contrario resulta ser erróneo. (SAN-S1-0069-2017)

SAN-S1-0069-2017;
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PRECEDENTE 4

ACREDITACIÓN DE LA FS, POSESION ILEGAL, PEQUEÑA PROPIEDAD. 

La carga de la prueba para acreditar la F.S. en una pequeña propiedad corresponde al administrado y, cuando el INRA no evidencia que se haya presentado documento alguno sobre derechos de propiedad o posesión u otra prueba válida, se tendrá como ilegal la posesión. (SAN-S1-0077-2017)

SAN-S1-0077-2017;
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PRECEDENTE 5

INCUMPLIMIENTO DE LA FS, POSESION ILEGAL, INFORME MULTITEMPORAL. 

Para determinar el incumplimiento de la F.S., por tanto la ilegalidad de la posesión, el INRA puede recurrir a información anterior, actual o posterior al relevamiento de información de campo, tal el Informe Multitemporal que demuestra como un predio está sobre una torrentera de río; siendo ese informe una prueba complementaria a la principal que es el trabajo de campo. (SAN-S1-0077-2017)

SAN-S1-0077-2017;
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PRECEDENTE 6

PROCEDIMIENTO, DECISION FINAL 

Una decisión final se encuentra debidamente fundamentada y motivada, cuando la parte considerativa hace referencia a las etapas y actividades cumplidas dentro del proceso, adecuadamente valoradas y su parte Resolutiva resuelve de manera clara, precisa y con la debida fundamentación legal. (SAP-S1-0101-2019)

SAP-S1-0101-2019;
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PRECEDENTE 7

TIERRA FISCAL, ACTIVIDAD GANADERA 

Cuando a partir de imágenes satelitales, en un predio no se constata actividad ganadera, corresponde declararse tierra fiscal, al no existir posesión legal ni haber cumplimiento de la FES. (SAP-S1-0061-2019) 

SAP-S1-0061-2019;
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PRECEDENTE 8

ACTIVIDAD ANTRÓPICA, POSESION ILEGAL 

A través de imágenes satelitales, se puede corroborar que no existe en un predio actividad antrópica anterior a 1996, siendo esa posesión ilegal. (SAP-S1-0057-2019)

SAP-S1-0057-2019;
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PRECEDENTE 9

CALIFICACION DE LA FS Y FES, INRA

Para la calificación de la FS y de la FES, el INRA basa decisión en la información y los datos levantado durante el Relevamiento de Información en Campo, no cometiendo ninguna ilegalidad cuando califica a una propiedad como pequeña con actividad agrícola.(SAP-S1-0053-2019) 

SAP-S1-0053-2019;
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PRECEDENTE 10

CUMPLIMIENTO DE LA FS/FES, VERIFICACION EN CAMPO, MEDIO DE PRUEBA 

El cumplimiento de la FS o FES, deberá probarse a través de todos los medios legalmente admitidos, siendo el principal medio, la verificación en campo; cuando el  interesado de un predio, no realiza ninguna observación a los actos ejecutados por el INRA durante la fase de campo, esos actos se convalidan. (SAP-S1-0049-2018)

SAP-S1-0049-2018;
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PRECEDENTE 11

SE HA VALORADO

Legalmente prueba documental

Cuando en el proceso de saneamiento, el ente administrativo, valora correcta y objetivamente la documentación presentada por los interesados, no vulnera norma agraria ni la finalidad del saneamiento (SAN-S1-0088-2016)

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PRECEDENTE 12

SE HA VALORADO

Ilegalmente prueba documental que no corresponden a datos de campo

Cuando el INRA reconoce la existencia de una actividad, pero en base a un documento que no tiene la capacidad de enervar lo evidenciado en campo, se desconoce una valoración objetiva, como principal medio de prueba del cumplimiento de la FS o FES (SAN-S2-0057-2016)

 

SAN-S2-0012-2015; SAN-S2-0057-2016; SAN-S2-0101-2016; SAN-S2-0126-2016;
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