Simulación Absoluta

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Queda acreditada la causal de nulidad por simulación absoluta, cuando se aparenta el cumplimiento de la Función Social y la legalidad de la Posesión, evidenciado de los actuados del proceso de saneamiento; máxime cuando existe reconocimiento y declaración espontánea de tales hechos por la parte demandada.

SAP-S2-0012-2019; SAP-S2-0067-2021;
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PRECEDENTE 2

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Desestimada: no se contrapone a la realidad ni es acto aparente

En una demanda de nulidad de título ejecutorial por  simulación absoluta, no puede establecerse si el Instituto Nacional de Reforma Agraria, hubiese creado un acto aparente sobre la base de hechos y/o derechos inexistentes, cuando la información introducida al proceso de saneamiento (que es la que le correspondió analizar), fue generada en el marco que fija la ley y  además la parte actora, no desvirtúa dicha prueba ni acredita que la información que contienen los formularios de campo en cuya base se elaboran los planos de los  predios colindantes, se contraponen a la realidad, caso en el cual no procede la nulidad demandada (SAN-S1-0010-2017). 

SAN-S2-0031-2013; SAN-S2-0058-2015; SAN-S2-0058-2015; SAN-S1-0099-2015; SAN-S1-0099-2015; SAN-S1-0010-2016; SAN-S2-0029-2016; SAN-S2-0046-2016; SAN-S2-0080-2016; SAN-S1-0010-2017; SAP-S2-0025-2021; SAP-S2-0056-2021; SAP-S2-0012-2022; SAP-S2-0012-2022; SAP-S2-0015-2022; SAP-S1-0044-2022;
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PRECEDENTE 3

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Existe simulación absoluta respecto a la emisión de un título ejecutorial  cuando se evidencia inexistencia de posesión y por ende incumplimiento de la función económico social del beneficiario de dicho título ejecutorial  sobre la totalidad de la superficie otorgada, demostrada mediante la constatación realizada en campo por autoridad judicial, que si bien puede no constar en los antecedentes de saneamiento, tiene plena validez al haberse tramitado con la intervención de las partes para fines del proceso de nulidad de título ejecutorial, acreditando claramente la existencia de un hecho real. 

SAN-S1-0024-2017;
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PRECEDENTE 4

SIMULACIÓN ABSOLUTA 

El elemento contradicción enmarcado en la simulación absoluta, se refiere a la incompatibilidad entre el acto que distorsiona un hecho y el hecho mismo; dicho de otro modo, se configura la simulación absoluta cuando un actuado, en el cual interviene la voluntad humana, manifiesta una situación que resulta contradictoria a la realidad, estableciéndose esa contradicción entre acto y realidad; y una no contradicción entre actos. 

SAN-S1-0037-2012; SAP-S2-0086-2019; SAP-S2-0086-2019; SAP-S2-0015-2021;
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PRECEDENTE 5

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Definición

Debe entenderse por simulación absoluta la creación de un acto aparente que no corresponde a ninguna operación real y que hace aparecer como verdadero lo que se encuentra contradicho con la realidad (SAP-S2-0081-2019).

SAN-S2-0029-2016; SAP-S2-0081-2019; SAP-S2-0035-2021; SAP-S2-0042-2021; SAP-S2-0080-2021; SAP-S2-0080-2021;
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PRECEDENTE 6

SIMULACIÓN ABSOLUTA 

El art. 50, parágrafo I, numeral 1 inciso c) de la Ley N° 1715 hace referencia a un acto aparente que se contrapone a la realidad, debiendo probarse, a través de documentación idónea, que el hecho que consideró la autoridad administrativa como cierto no corresponde a la realidad, existiendo la obligación de demostrarse lo acusado a través de prueba que tenga la cualidad de acreditar que el acto o hecho cuestionado ha sido distorsionado. 

SAP-S2-0079-2019;
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PRECEDENTE 7

SIMULACIÓN ABSOLUTA 

Cuando se invoca la causal de simulación absoluta debe acreditarse que, ante la inexistencia del primero se eliminarían los fundamentos de hecho y de derecho de los segundos, aspecto que necesariamente deberá probarse, a través de documentación idónea, que el hecho que consideró la autoridad administrativa como cierto no corresponde a la realidad, existiendo la obligación de demostrarse lo acusado a través de prueba que tenga la cualidad de acreditar que el acto o hecho cuestionado ha sido distorsionado. 

 

SAP-S2-0058-2019; SAP-S2-0058-2019;
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PRECEDENTE 8

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Estimada: por Título Ejecutorial ilegítimo

El Titulo Ejecutorial se encuentra viciado cuando se basa en hechos que no corresponden a la realidad, aspecto que afecta la voluntad de la administración, por "simulación" o apariencia de la realidad, porque de no haber existido, no se hubiera procedido a titular en una superficie o una persona en especifico (SAN-S2-0061-2017)

SAN-S1-0007-2011; SAN-S2-0061-2017; SAP-S1-0046-2022;
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PRECEDENTE 9

CAUSALES DE NULIDAD DE TÍTULO 

En aquellos en los que se emite un Título Ejecutorial sobre la base de una información recabada de forma errónea y/o simulada, aparentando estar en el ejercicio de la posesión y con cumplimiento de la función social, ese título es nulo por "error esencial y simulación absoluta", así como inobservancia del principio de buena fe y del principio ético moral ama llulla. 

SAN-S2-0083-2017;
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PRECEDENTE 10

CAUSALES DE NULIDAD DE TÍTULO 

Cuando en un saneamiento no se cuenta con resoluciones operativas, ni se encuentra documento que respalde la designación del representante legal de una comunidad, a fin de que pueda acreditar disminución de superficie, se incurre en nulidad de Título Ejecutorial por "error esencial".

SAN-S2-0085-2017;
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PRECEDENTE 11

SIMULACIÓN ABSOLUTA 

En aquellos casos en los que no se notifica a los representantes legales de una Comunidad interesada, hay "simulación absoluta" que causa perjuicio, porque no pueden demostrar límites o colindancias de esa comunidad. 

SAN-S2-0085-2017;
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PRECEDENTE 12

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Hay "simulación absoluta", cuando el saneamiento tiene irregularidades, tratando de hacer aparecer una legalidad que no existe, tal: la inexistencia de un informe que justifique el cambio de la modalidad de saneamiento, cuando se usan datos generales que no garantizan la publicidad, o se presentan documentos que simulan derechos o se aparenta posesión.

SAP-S1-0011-2018;
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PRECEDENTE 13

AUSENCIA DE CAUSA 

Cuando no existe derecho para iniciar proceso de saneamiento, porque los hechos como el derecho invocados son falsos y simulados, se produce "ausencia de causa" que amerita la nulidad del Título Ejecutorial. 

SAP-S1-0011-2018; SAP-S1-0011-2018;
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PRECEDENTE 14

CAUSALES DE NULIDAD DE TÍTULO 

Si los verdaderos propietarios de un predio hipotecado a entidad financiera,  con la finalidad de eludir sus obligaciones y mantener la propiedad, ocultan al ente administrativo responsable de la ejecución del saneamiento esta situación y por el contrario facilitan el saneamiento en favor de terceras personas que no cumplen con la función social o económico social ni son poseedoras legales, induciendo a error al ente administrativo, incurren en las causales de nulidad del título ejecutorial emitido como ser  error esencial, simulación absoluta y violación de la ley aplicable.

SAN-S1-0080-2017;
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PRECEDENTE 15

DESESTIMADA

Cuando en el proceso de generación de información de campo participa el interesado y existe un Informe de Cierre debidamente socializado, respecto al mismo rige el principio de preclusión y los actos del INRA tienen fuerza probatoria, por generarse en el marco legal, no existiendo "simulación absoluta ni ausencia de causa". 

SAN-S2-0099-2017;
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PRECEDENTE 16

DESESTIMADA 

Ante el conocimiento de un resultado negativo de saneamiento, el interesado no puede pretender que se reconozca su existencia en una calidad distinta, en cuyo caso el INRA no se aparta de la normativa agraria no existiendo "violación de ley". 

SAN-S2-0099-2017; SAN-S2-0099-2017;
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PRECEDENTE 17

DESESTIMADA 

Dentro del proceso de saneamiento, es el ente administrativo el que valora un documento de transferencia, a fin de considerar a la beneficiaria como subadquirente o poseedora y el cumplimiento de la FS; de ahí que en una demanda de Nulidad de Título Ejecutorial, mal puede alegarse “simulación absoluta” atribuyendo la valoración de documentos a la beneficiaria. 

SAN-S1-0035-2017;
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PRECEDENTE 18

EMISIÓN DEL TÍTULO EJECUTORIAL 

Cuando los funcionarios del INRA constatan en campo, el cumplimiento de la Función Social sobre el predio, verificando de manera directa el ganado existente y actividad ganadera de una pequeña propiedad, se emite Título Ejecutorial en favor del poseedor, no siendo cierto que por esa razón, en esa titulación haya mediado "error esencial", "simulación absoluta" y/o "ausencia de causa".

SAN-S1-0049-2017;
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PRECEDENTE 19

CAUSAL DE NULIDAD DE TÍTULO 

En aquellos casos en los que la posesión de un predio ha merecido pronunciamiento por el Tribunal Agroambiental, mediante una Sentencia Agroambiental Nacional, con calidad de cosa juzgada; ese argumento no se constituye en un “acto aparente” que  pueda ser considerado como causa para una demanda de Nulidad de Título Ejecutorial, por el principio de seguridad jurídica. 

SAN-S1-0049-2017;
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PRECEDENTE 20

ERROR ESENCIAL 

Para que haya "error esencial", es necesario que en el expediente de saneamiento exista prueba que acredite derechos ilegalmente soslayados;  pero no puede considerarse que el INRA incurrió en error, cuando la prueba no fue puesta en su conocimiento, sino adjuntada a una demanda contenciosa administrativa. 

SAP-S1-0027-2018;
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PRECEDENTE 21

SIMULACIÓN ABSOLUTA 

No hay "simulación absoluta", cuando durante el saneamiento no se ha demostrado que el beneficiario simulo el cumplimiento de la FS. 

SAP-S1-0027-2018;
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PRECEDENTE 22

VICIOS DE DEMANDA DE NULIDAD 

En una demanda de nulidad de título ejecutorial por simulación absoluta, solo son considerados los documentos coetáneos a la emisión del Título, por lo que los vicios denunciados deben haberse producido durante el procedimiento que precedió a la emisión del  Título cuestionado y no después de haber transcurrido años de haberse emitido la Resolución Final de Saneamiento. 

SAP-S1-0117-2019;
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PRECEDENTE 23

VIOLACIÓN DE LA LEY APLICABLE

La Resolución de Inicio de Procedimiento tiene como objeto instruir la ejecución del proceso de saneamiento e intimar el apersonamiento de propietarios y poseedores de un área o polígono, para apersonarse y presentar ante el INRA, toda documentación que respalde su derecho propietario o posesión, actividad que debe ser difundida a través de un edicto, el cual debe ser publicado por una sola vez en un medio de prensa y mediante aviso radial.

En la ejecución del saneamiento realizado al interior de una comunidad campesina, indígena y originario, emitida la Resolución de Inicio de Procedimiento, publicitada la misma, no corresponde carta de citación a colindantes; no existiendo violación de ley aplicable. 

SAP-S1-0117-2019; SAP-S1-0042-2022;
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PRECEDENTE 24

MEDIDAS PREPARATORIAS POST SANEAMIENTO 

La medida preparatoria de inspección judicial realizada post saneamiento, no enerva ni desvirtúa el trabajo de relevamiento de información en campo realizada durante el saneamiento. 

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PRECEDENTE 25

PUBLICIDAD

Cuando hay Edicto Agrario, se da publicidad del proceso de saneamiento, teniendo los interesados la obligación de apersonarse a dicho proceso.

SAP-S1-0105-2019; SAP-S1-0105-2019;
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PRECEDENTE 26

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Desestimada: el INRA decidió conforme datos de campo

No procede la causal de simulación absoluta por acto aparente, contradichos con la realidad o en hechos inexistentes o falsos y por  ausencia de causa,cuando el ente administrativo basó sus decisiones conforme a datos recabados en campo, aspectos no desvirtuados por la interesada (SAP-S1-0071-2018)

SAP-S1-0071-2018; SAP-S1-0029-2022;
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PRECEDENTE 27

DESESTIMADA 

Una demanda de Nulidad de Título Ejecutorial por "simulación absoluta" o por existir actos aparentes que no corresponden a la realidad, no puede ampararse en actos posteriores a la emisión del Título Ejecutorial impugnado, sino que esos actos deben ser anteriores o coetáneos al momento de la emisión de dicho Título. 

SAP-S1-0059-2018;
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PRECEDENTE 28

DESESTIMADA

La causa de una demanda de Nulidad de Título Ejecutorial (error esencial) debe ser determinante, conocida o reconocible, de tal manera que pueda advertirse antes o al momento del acto cuestionado; además una demanda de esta naturaleza, no está para sustituir la dejadez de las partes, que no asumieron defensa oportuna en cada una de las etapas del saneamiento. 

SAP-S1-0059-2018; SAP-S1-0059-2018;
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PRECEDENTE 29

ERROR ESENCIAL

No existe error esencial en la voluntad del administrador  conforme establece el art. 50-I-1-a de la Ley N° 1715, si éste basó su decisión de reconocimiento de posesión y derecho propietario en los actuados que sirvieron de base para la emisión del Título Ejecutorial impugnado si durante la fase de campo no se evidencia observación, reclamo o denuncia alguna proveniente de quien participando activamente en el proceso de saneamiento de tierras ahora, se constituye en demandante.

SAP-S1-0114-2019;
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PRECEDENTE 30

DESESTIMADA

Para constituirse en un elemento contundente a ser valorado en instancia jurisdiccional la prueba preconstituida debe desvirtuar el acto o hecho cuestionado y acreditar la distorsión en la voluntad de la administración en el marco de lo establecido por el art. art. 50, parágrafo I, núm. 1, inc. c) de la Ley N°1715 (simulación absoluta), de modo que no puede ser solo referencial. 

SAP-S1-0114-2019;
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PRECEDENTE 31

DESESTIMADA

Para constituirse en un elemento contundente a ser valorado en instancia jurisdiccional la prueba preconstituida debe desvirtuar el acto o hecho cuestionado y acreditar la distorsión en la voluntad de la administración en el marco de lo establecido por el art. art. 50, parágrafo I, núm. 1, inc. c) de la Ley N°1715 (simulación absoluta), de modo que no puede ser solo referencial. 

SAP-S1-0114-2019;
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PRECEDENTE 32

Entendimiento y comprensión de la simulación absoluta, como causal de nulidad absoluta del Título Ejecutorial

SAP-S1-0001-2022; SAP-S1-0002-2022; SAP-S1-0005-2022;
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PRECEDENTE 33

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Desestimada: Por figurar una persona que no corresponde como beneficiaria

Si el beneficiario de un proceso de saneamiento acreditó su derecho propietario y posesión efectiva sobre un terreno, el que hubiese hecho figurar también como beneficiaria a otra persona, no desvirtúa los datos verificados en su favor ni amerita la nulidad de todo el proceso ni la afectación como causal de simulación absoluta dentro de un proceso de nulidad de título ejecutorial. 

SAN-S1-0065-2014; SAP-S2-0044-2021;
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PRECEDENTE 34

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Estimada: se arroga la calidad de poseedora legal que no tiene

Cuando por prueba documental se acredita que al momento de las pericias de campo, la que se arroga la calidad de poseedora legal, tiene conocimiento que junto a otros es co-propietaria de una parcela, en tal circunstancia hay simulación de un acto (aparente) que no corresponde a la realidad, afectando derechos legalmente adquiridos por terceros (SAN S2 42-2014).

SAN-S2-0042-2014; SAP-S2-0010-2021;
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PRECEDENTE 35

PROCESO DE NULIDAD Y ANULABILIDAD DE TÍTULOS EJECUTORIALES / CAUSALES DE NULIDAD / SIMULACIÓN ABSOLUTA

Estimada: por datos y/o hechos falsos

El acta de conformidad de linderos, suscrita por quién en realidad no es colindante, deriva en datos falsos que hacen una simulación absoluta, que inducen en error esencial a la administración, produciéndose fraude procesal.

SAN-S1-0058-2015; SAP-S1-0013-2021;
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PRECEDENTE 36

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Estimada: acto aparente contradicho con la realidad

Si de planos topográficos de predios, se establece desplazamiento respecto a otro (predio) sometido a saneamiento, no existe correspondencia de superficies, implicando un acto aparente, por tanto una relación directa entre el acto creado (aparente) y el acto administrativo cuestionado (SAN S1 61-2015).

SAN-S1-0061-2015; SAP-S2-0031-2021; SAP-S2-0045-2021;
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PRECEDENTE 37

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Estimada: Cuando no existe registro alguno de su emisión

Procede la nulidad de un título ejecutorial por simulación absoluta cuando de acuerdo al registro de la entidad tenedora de estos antecedentes, resulte que el mismo no cuenta con antecedentes de su tramitación, es decir, no existe constancia de haber sido emitido por el ex Consejo Nacional de Reforma Agraria (CNRA) ni por el ex Instituto Nacional de Colonización (INC) constituyéndose el mismo en un acto aparente que no correspondería a ninguna operación real tramitada. 

SAP-S2-0024-2021;
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PRECEDENTE 38

PROCESO DE NULIDAD Y ANULABILIDAD DE TÍTULOS EJECUTORIALES/CAUSALES DE NULIDAD/SIMULACIÓN ABSOLUTA

Estimada: Por otorgar derechos a una comunidad sobre predio ajeno

Existe simulación absoluta en la emisión de un título ejecutorial cuando el mismo fue otorgado en favor de una comunidad que simuló ser propietaria o poseedora de la parcela que pertenecía a otra(s) persona (s) de otra (s) comunidad(es), cuando lo que correspondía era dar información para su exclusión del proceso de saneamiento o su reconocimiento de manera individual o familiar y no comunal.

SAP-S2-0052-2021;
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PRECEDENTE 39

PROCESO DE NULIDAD Y ANULABILIDAD DE TÍTULOS EJECUTORIALES/ CAUSALES DE NULIDAD/SIMULACIÓN ABSOLUTA

Desestimada: Por estar acreditada la sucesión en la posesión

El que se hubiese consignado en el Libro de Saneamiento Interno que la posesión comenzó en fecha según la cual la persona beneficiaria era aún menor de edad, no implica simulación en la posesión si está debidamente acreditada la sucesión en la posesión durante el saneamiento (SAP-S2-0079-2021)

SAP-S2-0079-2021; SAP-S1-0041-2022;
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PRECEDENTE 40

PROCESO DE NULIDAD Y ANULABILIDAD DE TÍTULOS EJECUTORIALES/CAUSALES DE NULIDAD/SIMULACIÓN ABSOLUTA

Estimada: Omisión de Información fidedigna

Existe simulación absoluta y ausencia de causa cuando el interesado al inicio del proceso de saneamiento, omite de mala fe, otorgar información fidedigna al INRA, haciéndose pasar como único poseedor de un predio afectando otros derechos hereditarios existentes. (SAP-S1-0037-2021)

SAN-S1-0042-2012; SAP-S1-0037-2021;
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PRECEDENTE 41

Desestimada: Certificación de organización social no desvirtúa lo verificado en campo.

No se puede alegar simulación absoluta pretendiendo que las certificaciones de representantes de organizaciones sociales, desvirtúen lo que fue verificado por los funcionarios acreditados del INRA en los momentos que fija el ordenamiento jurídico agrario, pues sería desnaturalizar el carácter transitorio y las finalidades del proceso de saneamiento originándose un caos jurídico

SAP-S2-0041-2022;
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PRECEDENTE 42

Simulación Absoluta

Se entenderá por simulación absoluta, en el sentido del art. 50, parágrafo I., numeral 1., inc. c) de la L. N° 1715 que nos proporciona una aproximación general, señalando que la misma hace referencia a la "creación de un acto aparente que no corresponde a ninguna operación real y que hace aparecer como verdadero lo que se encuentra contradicho con la realidad", otorgando la posibilidad de extractar sus elementos esenciales: a) Creación de un acto y b) Inexistencia de correspondencia entre el acto creado y la realidad ; debiendo agregarse otro componente que necesariamente debe ser valorado: Relación directa entre el acto aparente y la decisión o acto administrativo cuestionado, correspondiendo acreditar que, ante la inexistencia del primero, se eliminarían los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan a los segundos.

SAN-S2-0075-2015; SAN-S2-0099-2016;
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PRECEDENTE 43

Estimada, por emitirse en favor de persona distinta de quien participó en campo.

Si el Título Ejecutorial se ha basado en actos que no corresponden a la realidad al no haberse efectuado pericias de campo a favor de quien se resulta ser beneficiario en la Resolución Final de Saneamiento, constituye un acto aparente que hace observar como verdadero lo que se encuentra contradicho con la realidad. (SAN-S1-0102-2015)

SAN-S1-0102-2015; SAN-S1-0102-2015;
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PRECEDENTE 44

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Acreditación de representación legal

Existe vulneración a lo dispuesto por el art. 50-I num.1, incisos a) y c) y num. 2, inciso b) de la L. Nº 1715 en la emisión del Título Ejecutorial cuando sin respaldo legal alguno se introduce a una comunidad campesina que no se apersonó ni acreditó representación legal y sin que hubieran efectuado una petición expresa en sentido de que dicha comunidad sea considerada como parte dentro del proceso de saneamiento.

SAN-S1-0008-2011;
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PRECEDENTE 45

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Desestimada: Por estar basada la decisión en actuados del proceso además evidenciarse deslealtad procesal

No existe simulación absoluta cuando se evidencia de los actuados del proceso de saneamiento que el INRA basó su decisión en la documentación aportada por las partes y verificada en campo, la cual además en ningún momento fue cuestionada por la parte, existiendo por el contrario actas de conciliación suscritas por las sujetos procesales en las que acuerdan respetarse como colindantes, estableciendo sus límites o linderos, lo que además evidencia deslealtad procesal al pretender la nulidad de sus propios actos. (SAP-S1-0057-2022)

SAP-S1-0057-2022;
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PRECEDENTE 46

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Desestimada: no tiene efecto retroactivo

La causal de nulidad no tiene efecto retroactivo, pues se aplica a los títulos ejecutoriales emitidos a partir de la promulgación de la Ley N° 1715; por lo que no son aplicables a supuestos de hecho de simulación e inducción en error anteriores a la promulgación de Ley N° 1715 (SAN-S1-0048-2012)

SAN-S1-0048-2012;
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PRECEDENTE 47

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Desestimada: saneamiento interno

Por supuesto de un conflicto en área comunal, en el saneamiento Interno no hay simulación de actos, porque todos ellos son públicos, son previamente consensuados entre los beneficiarios, dirigentes y el propio INRA; no existiendo una correspondencia entre los actos supuestamente creados con la realidad misma (SAP-S2-0003-2021)

SAP-S2-0003-2021;
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PRECEDENTE 48

SIMULACIÓN ABSOLUTA

Por arrogarse el titulado calidad de subadquirente que ya no le correspondía.

Existe simulación absoluta cuando se evidencia que el beneficiario del título ejecutorial cuya nulidad se demanda, se presentó en saneamiento como subadquirente de derechos otorgados por el titular inicial cuando ya no ostentaba dicha calidad, al haber transferido dicho derecho, es decir arrogándose una calidad que ya no le correspondía. (SAN-S2-0060-2013)

 

SAN-S2-0060-2013;
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