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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

MEJOR DERECHO PROPIETARIO/PUBLICIDAD

Cancelación parcial de registro.

En un proceso de mejor derecho, ante la existencia de dos registros que recaen sobre el mismo inmueble, estando plenamente acreditada la prevalencia de un derecho respecto del otro registrado en una superficie mayor, es correcto que la autoridad judicial además disponga la cancelación parcial de la matrícula del predio que se sobrepone al registro de la propiedad sobre la cual declara el mejor derecho propietario, inclusive si en la demanda no se solicitó dicha cancelación de manera parcial, sin que por ello la resolución pueda ser considerada arbitraria ni incongruente. (AAP-S2-0027-2022)

AAP-S2-0027-2022;
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