Los de vicios de nulidad por actuación de operadores administrativos que sustanciaron el proceso agrario de dotación, no son atribuible al administrado, por lo que al subadquirente de buena fe que ha cumplido la FES verificada en pericias de campo, no corresponde sancionarse con pérdida total de su derecho propietario legalmente adquirido por dotación. (SAN-S1-0097-2017)
SAN-S1-0097-2017;DOTACIÓN
Legal
El INRA no comete ilegalidad en la emisión de una Resolución de Dotación, si es resultado de un debido proceso, cuando la parte actora que no demuestra en el transcurso del proceso de saneamiento encontrarse cumpliendo la FS, o haber estado en posesión del predio, ni haber tenido actividad alguna en el mismo (SAN-S2-0016-2011)
SAN-S2-0016-2011;DOTACIÓN
Ilegal
Cuando se dota un predio que no tiene la calidad de baldía y sin que se disponga la reversión, como condición previa necesaria e inexcusable para volver a dotar, afecta la eficacia del Título Ejecutorial, que emerge de un proceso irregular viciado de nulidad (SAN-S1-0017-2013)
SAN-S1-0017-2013;