Sumarísimo

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

Sumarísimo

La acción de desalojo por avasallamiento, es un proceso que por su naturaleza es sumarísimo, ya que su tramitación está sujeta a las reglas establecidas por la misma norma, cuyo procedimiento establece un régimen jurisdiccional especial, que permite al Estado resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual y colectiva, la propiedad estatal y las tierras fiscales de los avasallamientos y tráfico de tierras; en ese sentido el cumplimiento de su desarrollo y aplicación es de orden público y por tal razón de estricta e inexcusable observancia.

AAP-S2-0111-2021;
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PRECEDENTE 2

CARACTERÍSTICAS / SUMARÍSIMO

No existe necesidad de fijar puntos de hecho a probar

En un proceso de desalojo por avasallamiento que cuenta con su propio procedimiento y es de carácter sumario, no existe la necesidad de la fijación de puntos de hecho a probar, por cuanto la propia norma no establece tal posibilidad y menos la existencia de un régimen de supletoriedad procesal. (AAP-S2-0125-2022)

AAP-S2-0125-2022; AAP-S2-0102-2023;
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PRECEDENTE 3

PRESENCIA DE LA PARTE DEMANDADA

En el proceso de desalojo por avasallamiento, ante la existencia de elementos como la presencia de los abogados de la parte demandada, o certificaciones de existencia de acción directa; en resguardo del carácter sumarísimo del proceso, se puede llevar a cabo la audiencia pública de juicio oral de avasallamiento sin la presencia del demandado

AAP-S1-0049-2023;
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