Proceso de Expropiación (...)

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

PROCESO DE EXPROPIACIÓN

Preclusión / convalidación / trascendencia

A fin de su regularización, cuando por negligencia (en saneamiento) no se procedió a hacer reconocer derecho propietario, no puede pretenderse que dentro de un proceso de expropiación, se intente ese reconocimiento que no fue acreditado oportunamente (SAN S1 106-2016).

SAN-S1-0106-2016;
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PRECEDENTE 2

PROCESO DE EXPROPIACIÓN

Procedencia

Procede el proceso de expropiación por utilidad  pública (reagrupamiento y redistribución de la tierra) y previa indemnización, a favor de los pueblos que cuentan con necesidades espaciales y que no han sido cubiertas con el saneamiento ni con la dotación de tierras fiscales (SAN S1 13-2016).

SAN-S2-0029-2013; SAN-S1-0013-2016;
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PRECEDENTE 3

PROCESO DE EXPROPIACIÓN

Indemnización

En un proceso de expropiación, el monto indemnizatorio se debe establecer tomando en cuenta el valor de mercado de la tierra a expropiarse, en criterios basados en mejoras e inversiones productivas, así como de datos recogidos en la etapa de verificación, tomando en cuenta la vida útil y la depreciación por el uso con datos actuales (SAN S1 13-2016)

SAN-S1-0013-2016;
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PRECEDENTE 4

Cuestionamiento sobre la calificación del monto de indemnización

Para que el Tribunal Agroambiental pueda emitir un criterio de fondo ante el cuestionamiento sobre la calificación del monto de indemnización determinado en un proceso de expropiación de tierras, debe demostrarse de manera precisa y específica la vulneración cometida, de lo contrario no podrá emitir dicho criterio y mucho menos cuando se constata participación activa del propietario expropiado. (SAN-S1-0018-2016)

SAN-S1-0018-2016;
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PRECEDENTE 5

PROCESO DE EXPROPIACIÓN

Aquiescencia del propietario en cuanto al registro de mejoras para la valuación del predio

Si en el proceso de expropiación, se advierte que se realizó el registro de las mejoras detallándose con precisión la superficie y demás características, cumpliéndose con la normativa al respecto y no existe reclamo alguno y por el contrario de manera espontánea y voluntaria los propietarios manifiestan consentimiento para la expropiación total de su predio, dejando precluir la oportunidad (etapa de producción de prueba y verificación de la FES) para acreditar prueba que demuestre el desarrollo de la actividad productiva en el mismo así como la inversión realizada para la valuación en la etapa de verificación, queda establecido que se realizó una correcta verificación de la tierra y las mejoras existentes en el predio, más aún si la documentación al respecto lleva la firma y por ende la aquiescencia de los propietarios. (SAN-S1-0044-2012)

SAN-S1-0044-2012;
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