DERECHO AMBIENTAL

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PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

COMPETENCIA DE LOS GOBIERNOS DEPARTAMENTALES

Los Gobiernos Autónomos Departamentales, en el marco de sus competencias son responsables de la promoción y conservación del patrimonio natural departamental, para el cumplimiento de este fin y en aplicación del principio precautorio podrán determinar la aplicación de medidas precautorias a fin de prevenir de manera oportuna, daños a la naturaleza, el medio ambiente, biodiversidad, salud humana y los valores culturales intangibles.

SAP-S1-0033-2020;
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