Interpretación errónea

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

INFRACCIÓN A LA LEY Y A LA CONSTITUCIÓN / INTERPRETACIÓN ERRÓNEA

Hay errónea interpretación del art. 568 del Código Civil, cuando  amparándose en esa normativa se demanda el cumplimiento de la obligación del vendedor y no así la resolución del contrato por incumplimiento como se entiende en sentencia; lo que amerita la casación de la resolución recurrida por la errónea interpretación de norma acusada.

ANA-S2-0018-2016;
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PRECEDENTE 2

INFRACCIÓN A LA LEY Y A LA CONSTITUCIÓN / INTERPRETACIÓN ERRÓNEA

La excepción de Pago Documentado Parcial es de estricta y exclusiva aplicación al proceso ejecutivo conforme lo normado por el artículo 381.II numeral 7 de la Ley N° 439, mas no asi en los procesos de entregas de herencia que si bien es de estructura monitoria, sin embargo, cada proceso tiene naturaleza diferente, finalidad y excepciones específicas que podrán oponerse tanto en el proceso ejecutivo como en el proceso de entrega de herencia.

AAP-S1-0051-2022;
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PRECEDENTE 3

INFRACCIÓN A LA LEY Y A LA CONSTITUCIÓN/ INTERPRETACIÓN ERRÓNEA

Si en una demanda referida al contrato de alquiler de ganado, la autoridad judicial, declina competencia no en función al tipo de acción y naturaleza del contrato, sino en función a los bienes en garantía, no sólo está interpretando incorrectamente el artículo 12 de la Ley N° 439 (reglas de competencia), sino que no está considerando la naturaleza del contrato suscrito, correspondiendo que la autoridad judicial agroambiental asuma competencia sobre el caso. (AAP-S1-0099-2021)

AAP-S1-0099-2021;
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