FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

FALTA DE TECNICA RECURSIVA 

El Tribunal Agroambiental se encuentra impedido de abrir su competencia, cuando el recurso de casación planteado deja entrever falta de pericia recursiva. 

ANA-S1-0057-2013; AAP-S2-0063-2018;
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PRECEDENTE 2

FALTA DE TECNICA RECURSIVA 

Cuando en casación no se refiere aspectos que no habrían sido resueltos por el juzgador o no se señala porque existe falta de motivación en la sentencia o no se indica en que forma se habría dado la valoración errónea de prueba; es un recurso que carece de técnica recursiva. 

AAP-S1-0013-2018;
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PRECEDENTE 3

RECURSO DE CASACIÓN / IMPROCEDENTE / FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Cuando el recurrente realiza aseveraciones sin especificar la manera en la que la norma resulta ser infringida, violada o aplicada indebidamente o sin señalar cuál el error de interpretación, menos explicar en qué consiste la infracción, violación, falsedad o error; el recurso de casación es improcedente. 

AAP-S1-0029-2018;
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PRECEDENTE 4

FALTA DE TECNICA RECURSIVA

Cuando la parte recurrente no identifica el error de derecho y de hecho en el que habría incurrido el juez, se torna ambigua y contradictoria su reclamación; en esas circunstancias, no se advierte legitimación activa para interponer el recurso por incumplimiento legal (art. 274 del CPC).

AAP-S2-0076-2018;
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PRECEDENTE 5

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El recurso de casación en el que no se especifica porque fue interpretada erróneamente la Ley, ni establece error de hecho o de derecho en el que hubiere incurrido el juez, no tiene la capacidad de abrir la competencia del Tribunal Agroambiental. 

AAP-S2-0010-2018;
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PRECEDENTE 6

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El recurso de casación carece de técnica recursiva cuando no se detalla en qué consiste la violación, falsedad, error u omisión en la que hubiera incurrido la autoridad judicial.  

AAP-S2-0064-2018;
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PRECEDENTE 7

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Resulta incongruente el planteamiento de un recurso de casación en la forma cuestionando aspectos procesales, pidiendo que por ello se case (en el fondo) la sentencia recurrida, correspondiendo en esos casos declarar la improcedencia del recurso de casación. (AAP-S1-0015-2019)

ANA-S1-0017-2011; ANA-S2-0034-2011; ANA-S2-0053-2011; ANA-S2-0028-2012; ANA-S2-0028-2012; ANA-S1-0041-2012; ANA-S2-0027-2013; AAP-S1-0015-2019;
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PRECEDENTE 8

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El límite para que el Tribunal Agroambiental se pronuncie sobre los fundamentos del recurso de casación, es que tal recurso cumpla mínimamente con identificar qué infracción a la norma o qué mala valoración de prueba considera que incurrió el Auto o Sentencia impugnado, manifieste de qué manera considera que debió fallarse y explique cómo tal fallo le afecta a sus derechos. 

ANA-S1-0002-2011; ANA-S2-0007-2011; ANA-S1-0011-2011; ANA-S2-0010-2011; ANA-S2-0013-2011; ANA-S2-0022-2011; ANA-S1-0020-2011; ANA-S1-0038-2011; ANA-S1-0047-2011; ANA-S2-0040-2012; ANA-S2-0052-2012; ANA-S1-0056-2012; ANA-S2-0008-2013; ANA-S2-0011-2013; ANA-S1-0037-2013; ANA-S1-0043-2013; ANA-S1-0013-2015; AAP-S1-0009-2019;
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PRECEDENTE 9

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El recurso de casación tiene carencia total de la técnica recursiva necesaria, cuando se lo plantea sin especificar de forma puntual, con precisión y claridad la ley o leyes supuestamente infringidas, o si es que se trata de un recurso de casación en el fondo, o en la forma, o en ambos. 

ANA-S2-0004-2011; ANA-S2-0043-2011; ANA-S2-0052-2011; ANA-S2-0025-2012; ANA-S1-0053-2012; ANA-S1-0013-2013; ANA-S1-0028-2013; ANA-S2-0035-2013; ANA-S2-0068-2013; ANA-S2-0017-2014; ANA-S2-0081-2016; AAP-S1-0085-2018;
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PRECEDENTE 10

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

Cuando en la tramitación de un recurso de casación, se cuestiona un Auto que anuló obrados hasta la admisión con la demanda y no se cuestiona un Auto definitivo que declara por no presentada la demanda, no hay congruencia entre lo denunciado con el auto recurrido; lo que implica una falta total a la técnica recursiva necesaria que requiere el recurso de casación, razón por la que corresponde declarárselo como improcedente.

AAP-S1-0077-2018;
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PRECEDENTE 11

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Cumplimiento de obligación

Cuando se plantea un recurso de casación con falta evidente de la técnica recursiva,  no se abre la competencia del Tribunal Agroambiental para conocer el fondo del mismo; tal cuando el petitorio del recurso de casación en el fondo, pretende la nulidad de obrados.

ANA-S1-0007-2011; ANA-S2-0037-2011; ANA-S1-0012-2013; AAP-S1-0069-2018; AAP-S1-0016-2021;
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PRECEDENTE 12

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El recurso de casación carece de técnica recursiva, cuando: a) observa falta de fundamentación de la Sentencia sin señalar los aspectos no resueltos; b) cuestiona de manera genérica la valoración de prueba; c) no precisa si es en fondo o forma y; d) no especifica que normas sustantivas y adjetivas se vulneraron o de que manera fueron conculcadas. 

AAP-S1-0067-2018; AAP-S1-0067-2018;
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PRECEDENTE 13

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

En la tramitación de un recurso de casación, ya no corresponde al recurrente atacar o cuestionar los hechos que dieron lugar a la acción interpuesta y resuelta en primera instancia o las pretensiones de la parte contraria, sino que debe referirse y cuestionar específicamente el fallo del Juez, objeto de recurso; por ello la falta de argumentos del recurso que ataquen a la Sentencia misma, hace improcedente el recurso de casación.

AAP-S1-0039-2018;
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PRECEDENTE 14

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

Es improcedente un recurso de casación si el mismo se limita a efectuar una síntesis desordenada de actos procesales desarrollados con apreciación subjetiva de hechos descritos, sin especificar ni fundamentar en forma clara ordenada y precisa en qué consistirían las supuestas vulneraciones de sus derechos, siendo por el contrario confuso e impreciso y no señala  las normativas infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas. 

ANA-S2-0055-2011; ANA-S2-0005-2014; ANA-S1-0004-2017;
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PRECEDENTE 15

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Es improcedente el recurso de casación planteado cuando el mismo se limita a una relación de hechos, algunos que ni siquiera forman parte del proceso, sin especificarse de forma puntual, con precisión y claridad la ley o leyes supuestamente infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, menos en qué consistirían estas faltas. 

ANA-S1-0040-2017;
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PRECEDENTE 16

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

No  puede el Tribunal de casación ingresar a revisar y resolver el fondo del recurso planteado cuando el recurrente simplemente cita la ley que se considera vulnerada o aplicada indebidamente sin concretar las razones y fundamentos de la violación que se acusa ni vincula la norma con el derecho supuestamente vulnerado, menos explica o fundamenta sobre la forma o manera como debería haber sido aplicada la normativa observada.

ANA-S1-0072-2017;
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PRECEDENTE 17

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

Es improcedente el recurso de casación planteado si el mismo se limita a efectuar una cita de normas refereidas a institutos juridicos del derecho, sin especificar de forma puntual, con precisión y claridad la ley o leyes supuestamente infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, menos explica en qué consiste la infracción, violación, falsedad o error o si se trata de un recurso de casación en el fondo,  en la forma o  ambos. 

AAP-S1-0018-2018;
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PRECEDENTE 18

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

La violación de la ley implica la no aplicación correcta de los preceptos legales; el recurso debe enervar la norma que podría haber sido vulnerada por la autoridad jurisdiccional.

ANA-S1-0025-2017;
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PRECEDENTE 19

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Al no evidenciarse que la autoridad jurisdiccional hubiese incurrido en nulidades que interesen al orden público o afecten una interpretación errónea y aplicación indebida de la ley o haber incurrido en error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba y tampoco haber infringido las normas acusadas en el recurso, corresponde dar estricta aplicación a los arts. 87-IV de la Ley N° 1715, 271-1) y 2), 272 y 273 del Cód. Pdto. Civ. 

ANA-S2-0032-2014; ANA-S1-0026-2015;
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PRECEDENTE 20

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Cuando el recurrente se limita solo a hacer una mención de las normas legales, sin efectuar ningún fundamento de hecho como de derecho, no cumple con los requisitos establecidos en el art. 274-3 de la L. N° 439, el cual establece que se debe precisar las leyes violadas, aplicadas indebidamente o erróneamente, especificando en que consiste el error, la violación o falsedad; lo que hace su manifiesta improcedencia. 

ANA-S1-0031-2016;
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PRECEDENTE 21

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El recurso de casación se asimila a una demanda nueva de puro derecho sometida para su consideración y procedencia a una serie de requisitos que el ordenamiento legal establece y aplicable a la materia por virtud del art. 78 de la Ley No.1715.

ANA-S2-0055-2017;
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PRECEDENTE 22

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El recurso de casación está asimilado a una demanda nueva de puro derecho , destinada a invalidar una sentencia o auto definitivo, debiendo contener obligatoriamente los requisitos establecidos en el art. 274.I. núm.3. y II. del adjetivo civil (ley N° 439), conforme imperativamente establece el art. 87.I. de la ley 1715.

ANA-S2-0038-2017;
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PRECEDENTE 23

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Desalojo por avasallamiento

El incumplimiento de los requisitos de contenido, establecidos en el art. 258 inc.2) del Cód. Pdto. Civ. con relación a los arts. 253 o 254 del mismo cuerpo legal; impide que este Tribunal abra su competencia para pronunciarse sobre el fondo del asunto.

 

ANA-S2-0033-2016; ANA-S2-020A-2016;
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PRECEDENTE 24

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Al no haberse deducido los recursos de casación en observancia de las previsiones contenidas en los arts. 270, 271 y 274 - I núm. 3. de la ley N° 439, no se abre la competencia del Tribunal Agroambiental. 

ANA-S2-0031-2017;
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PRECEDENTE 25

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El recurso de casación está asimilado a una demanda nueva de puro derecho, destinada a invalidar una sentencia o auto definitivo en los casos expresamente señalados por ley, pudiendo presentarse como recurso de casación en el fondo, o recurso de casación en la forma, o en ambos efectos, debiendo contener obligatoriamente los requisitos establecidos en el art. 274.I. num.3. y II. del Código Procesal Civil.

ANA-S2-0029-2017;
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PRECEDENTE 26

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Para que se abra la competencia del Tribunal Agroambiental (...), se debe dar cumplimiento a lo señalado por mandato imperativo del art. 87.I. de la L. N° 1715, que dispone que el recurrente debe cumplir a cabalidad con lo estipulado por el art. 274. I. num. 3 y II. del Código Procesal Civil, aplicable supletoriamente a la materia en mérito al régimen de supletoriedad previsto en el art. 78 de la L. Nº 1715.

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PRECEDENTE 27

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

La sola mención del recurso de casación y la cita de normas violadas, no constituye razón suficiente e impiden que este Tribunal habrá su competencia para pronunciarse sobre el fondo del asunto.

ANA-S2-0017-2016;
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PRECEDENTE 28

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Debido a la carencia de exposición de los reclamos, conforme determina la ley, y a fin de no vulnerar los principios de igualdad, equidad procesal, ésta instancia de cierre se halla impedido de analizar y pronunciarse sobre el fondo del asunto. 

ANA-S2-0013-2017;
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PRECEDENTE 29

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

Cuando se plantea el recurso de casación en el fondo, se deben tomar en cuenta los requisitos contenidos en el art. 274 de la Ley 439, destacando que la intención de este tipo de recurso se debe cumplir a cabalidad con la carga procesal que le impone la ley, ante el incumplimiento de la carga procesal impuesta y dada la falencia de técnica recursiva en que se incurrió no se abre la competencia de este Tribunal para ingresar a considerar el recurso planteado. 

ANA-S2-0006-2017;
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PRECEDENTE 30

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El recurso de casación en el fondo debe cumplir con el art. 258.2 del Cód. Pdto. Civ., esto es, citar las leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, especificar en qué consiste la violación, la falsedad o error, lo que hace que este Tribunal, no pueda abrir su competencia para el conocimiento del recurso en cuestión. 

ANA-S2-0019-2011; ANA-S2-0005-2016;
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PRECEDENTE 31

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Al no desarrollar de forma puntual, con precisión y claridad la observación que se acusa, efectuando tan solo una valoración superficial, se omite el cumplimiento de los requisitos de procedencia los cuales son de cumplimiento obligatorio en mérito a lo establecido en el art. 5. del Cód. Procesal. Civ. 

ANA-S2-0001-2017;
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PRECEDENTE 32

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El Recurso de Casación que omite las previsiones del art. 274-I-3 de la L. N° 439, da lugar a que se encuentre en la previsión del art. 220-I-4 de la L. N° 439, de aplicación supletoria en la materia. 

ANA-S1-0088-2016;
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PRECEDENTE 33

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Casación en el fondo

El recurso de casación en el fondo tiene por fin modificar el contenido de un auto definitivo y/o sentencia, que compruebe que la autoridad jurisdiccional, a tiempo de emitir la resolución cuestionada, hubiese incurrido en "errores in iudicando", que imperativamente deberán ser exteriorizados y/o acreditados conforme a los contenidos del artículo 253 del Cód. Pdto. Civ. (ANA-S1-0063-2015)

ANA-S2-0063-2013; ANA-S1-0063-2015;
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PRECEDENTE 34

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Si se considera que el Juez de la causa, dicta sentencia incurriendo en un error in iudicando; es decir aplicando o interpretando incorrectamente una norma sustantiva, se debe recurrir en el fondo y para lograr que el petitorio sea atendido favorablemente por este tribunal, deberá cumplirse a cabalidad con lo previsto por el art. 253 del Cod. Pdto. Civ., aplicable por régimen de supletoriedad dispuesta por el art. 78 de la Ley N° 1715. 

ANA-S1-0047-2015;
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PRECEDENTE 35

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El recurso de casación es similar a una demanda nueva de puro Derecho, destinada a invalidar una sentencia o auto definitivo, debiendo contener obligatoriamente los requisitos establecidos en la normativa vigente aplicable de manera supletoria a la materia, siendo improcedente una demanda que no cumpla con los mismos. 

AAP-S2-0021-2018;
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PRECEDENTE 36

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El recurso de casación se asimila a una demanda nueva de puro derecho sometida para su consdieración y procedencia a una serie de requisitos que el ordenamiento legal establece por lo que corresponde declarar improcedente el mismo cuando  carece de una adecuada técnica recursiva.

AAP-S2-0005-2018;
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PRECEDENTE 37

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

El recurso de casación se asimila a una demanda nueva de puro derecho, destinada a invalidar una sentencia o Auto Definitivo, debiendo contener obligatoriamente los requisitos establecidos en la normativa  adjetiva civil supletoriamente aplicable a la materia, de  lo contrario corresponde su improcedencia. 

AAP-S2-0045-2018;
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PRECEDENTE 38

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Corresponde declarar improcedente un recurso de casación cuando este es interpuesto sin especificar si es en la forma o en el fondo, sin detallar en que consiste la violación, falsedad, error u omisión en la que se hubiera incurrido y por lógica consecuencia tampoco se fundamenta en cada una de ellas. 

AAP-S2-0047-2018;
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PRECEDENTE 39

IMPROCEDENTE / FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Interdicto de Recobrar la Posesión

Para plantear un recurso de casación, no es suficiente que el recurrente cite un catálogo de normas que hubieran sido violentadas e incumplidas, sin establecer de forma sistemática ni metódica la irrazonabilidad, inequidad, omisión arbitraria, o valoración equivocada de la prueba, o que componentes de la lógica, o principios naturales de la experiencia fueron inobservados, más aun si se impugna la valoración de prueba.

ANA-S2-0036-2011; ANA-S1-0006-2011; ANA-S2-0008-2011; ANA-S2-0009-2011; ANA-S2-0020-2011; ANA-S2-0024-2011; ANA-S1-0025-2011; ANA-S2-0033-2011; ANA-S2-0035-2011; ANA-S2-0038-2011; ANA-S2-0042-2011; ANA-S1-0039-2011; ANA-S2-0051-2011; ANA-S2-0059-2011; ANA-S2-0036-2012; ANA-S1-0051-2012; ANA-S2-0062-2012; ANA-S2-0062-2012; ANA-S2-0001-2013; ANA-S1-0005-2013; ANA-S2-0013-2013; ANA-S1-0027-2013; ANA-S2-0028-2013; ANA-S2-0039-2013; ANA-S2-0039-2013; ANA-S2-0042-2013; ANA-S2-0057-2013; ANA-S2-0007-2015; ANA-S1-0011-2016; ANA-S2-0061-2016; ANA-S2-0068-2016;
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PRECEDENTE 40

IMPROCEDENTE / FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Acción Reivindicatoria

Cuando se deduce un recurso de casación, sin observar las exigencias previstas por ley, no se abre la competencia del Tribunal de casación, para pronunciarse sobre el fondo del recurso. (ANA-S2-0013-2015)

ANA-S1-0003-2011; ANA-S2-0030-2011; ANA-S1-0036-2011; ANA-S2-0039-2011; ANA-S1-0040-2011; ANA-S2-0054-2011; ANA-S2-0029-2012; ANA-S2-0047-2012; ANA-S2-0047-2012; ANA-S2-0007-2013; ANA-S2-0060-2013; ANA-S2-0013-2015; ANA-S2-0067-2015;
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PRECEDENTE 41

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA 

Interdicto de Retener la Posesión

Cuando el recurrente denuncia violación y no explica en qué consiste la violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la precitada norma legal, no se abre la competencia del Tribunal Agroambiental para pronunciarse sobre el fondo del recurso de casación. (ANA-S2-0028-2015)

ANA-S2-0001-2011; ANA-S2-0006-2011; ANA-S1-0012-2011; ANA-S2-0017-2011; ANA-S2-0048-2011; ANA-S2-0057-2011; ANA-S2-0056-2011; ANA-S1-0043-2012; ANA-S2-0051-2012; ANA-S2-0004-2013; ANA-S2-0024-2013; ANA-S2-0054-2013; ANA-S2-0055-2013; ANA-S2-0069-2013; ANA-S2-0028-2015; ANA-S2-0061-2015; ANA-S1-0063-2015; ANA-S2-0056-2016;
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PRECEDENTE 42

IMPROCENCIA /  POR FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

Mensura y Deslinde

Al no haberse deducido el recurso de casación observando las formalidades (mínimas) previstas por ley, no se abre la competencia del Tribunal Agroambiental para pronunciarse sobre el fondo del recurso.

ANA-S2-0070-2015; ANA-S1-0088-2016;
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PRECEDENTE 43

IMPROCEDENTE / FALTA TÉCNICA RECURSIVA

Otros Procesos 

Cuando el recurrente incumple su obligación legal de fundamentar adecuadamente el recurso de casación en el fondo y en la forma, es improcedente (ANA-S2-00055-2015)

ANA-S1-0006-2013; ANA-S2-0051-2013; ANA-S2-0055-2015;
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PRECEDENTE 44

IMPROCEDENTE / FALTA TÉCNICA RECURSIVA

Desalojo por Avasallamiento

Cuando la parte recurrente no desarrolla su impugnación conforme a la normativa que rige el recurso de casación en el fondo, esto es, sin citar las leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, ni especificar en qué consiste la violación, la falsedad o error; el Tribunal Agroambiental no puede abrir su competencia para el conocimiento del mismo.

ANA-S1-0035-2015; ANA-S2-0009-2016; AAP-S2-0017-2021; AAP-S2-0092-2021;
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PRECEDENTE 45

IMPROCEDENTE / FALTA TÉCNICA RECURSIVA

Nulidad y/o anulabilidad de documento

El Tribunal Agroambiental se encuentra impedido de abrir su competencia para considerar los argumentos de un recurso de casación en la forma, cuando la parte recurrente ha incumplido con los requisitos de contenido establecidos en el art. 274-I núm. 3 en relación al art. 271-I del Cód. Procesal Civ., aplicable a la materia en virtud del art. 78 de la ley N° 1715.

ANA-S2-0029-2011; ANA-S2-0033-2012; ANA-S1-0045-2012; ANA-S2-0050-2016; ANA-S1-0054-2016;
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PRECEDENTE 46

FALTA TÉCNICA RECURSIVA

El recurso de casación planteado sin observarse formalidades (mínimas) previstas por ley, no se abre la competencia del Tribunal Agroambiental para pronunciarse sobre el fondo del mismo.

ANA-S2-0086-2016; ANA-S2-0082-2016; AAP-S2-0084-2021;
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PRECEDENTE 47

FALTA DE TECNICA RECURSIVA

Es improcedente el recurso de casación planteado si el mismo se limita a realizar una relación de antecedentes, ingresa a señalar causales de nulidad, para concluir con un petitorio ambiguo y no claro y si bien hace cita de algunas normas vulneradas, lo hace de manera general, no explica en qué consiste la violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, tampoco demuestra con documentos o actos auténticos errores de hecho o de derecho en la apreciación de las pruebas ni explica de qué forma estas normas han sido violadas, vulneradas o aplicadas falsa o erróneamente y además confunde el recurso de casación en la forma con el recurso de casación en el fondo, con total falta de técnica recursiva. (ANA-S2-0002-2014)

ANA-S2-0002-2014;
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PRECEDENTE 48

IMPROCEDENCIA / FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

Interdicto de adquirir la posesión

El memorial del recurso de casación que no discrimina argumentos hacen a la forma o al fondo y acusan errónea valoración probatoria, sin especificación del tipo de error, sea de hecho o derecho, efectuando un análisis generalizado de la prueba, es un recurso confuso e impreciso (ANA-S1-0001-2011)

ANA-S1-0001-2011; ANA-S1-0041-2011;
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PRECEDENTE 49

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

Establecimiento de Servidumbre 

Cuando en el recurso de casación planteado tanto en la forma como en el fondo, los argumentos no discriminan adecuadamente ambos institutos, olvidando que los mismos responden a dos realidades jurídicas de distinta naturaleza, careciendo en consecuencia de una adecuada fundamentación, destacando por el contrario su inapropiada formulación, resulta insuficiente, haciendo inviable su consideración. (ANA-S2-0005-2011)

ANA-S2-0005-2011; ANA-S2-0014-2011; ANA-S1-0049-2012; ANA-S2-0018-2013; ANA-S2-0019-2013; ANA-S1-0023-2013; ANA-S2-0037-2013;
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PRECEDENTE 50

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

Acción Negatoria

Resulta improcedente el recurso de casación planteado, cuando el mismo no cita en términos claros y concretos la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y menos especifica en qué consiste la violación falsedad o error además de confundir el recurso de casación en el fondo con el recurso de casación en la forma. (ANA-S2-0015-2013)

ANA-S2-0015-2013;
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PRECEDENTE 51

FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

Análisis de fondo

En atención al carácter social del derecho y el principio por homine que asiste a los recurrentes incluso pese a haberse planteado el recurso como  de casación “en la forma” con argumentos que corresponden al recurso de casación “en el fondo”, el Tribunal dejando de lado las formalidades que exige el recurso de casación, ingresa a analizar el caso de fondo (AAP-S1-0038-2018)

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FALTA DE TÉCNICA RECURSIVA

Análisis de fondo

En atención al carácter social del derecho y el principio por homine que asiste a los recurrentes incluso pese a haberse planteado el recurso como  de casación “en la forma” con argumentos que corresponden al recurso de casación “en el fondo”, el Tribunal dejando de lado las formalidades que exige el recurso de casación, ingresa a analizar el caso de fondo (AAP-S1-0038-2018)

AAP-S1-0038-2018; AAP-S1-0077-2023;
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