AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO

S 1ª Nº 44/11

 

Expediente: Nº 37-DCA-2008

 

Proceso: Contencioso Administrativo

 

Demandante (s): Federico García Guerrero

 

Demandado (s): Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y otro.

 

Distrito: Chuquisaca

 

Fecha: 08 de septiembre de 2011

 

Vocal Semanero: Dr. Iván Gantier Lemoine

VISTOS: El informe que antecede, los datos del proceso, y.

CONSIDERANDO: Que en el presente proceso contencioso administrativo interpuesto por Federico García Guerrero contra el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ministra de Desarrollo Rural y Tierras, conforme se desprende de los actos procesales desarrollados dentro del proceso señalado al preámbulo y del informe de fecha 02 de septiembre de 2011 elaborado por el Sr. Secretario de Cámara de Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, la última actuación de la parte actora a través de su apoderado fue en fecha 23 de agosto de 2010, dejando transcurrir más de once meses para efectuar la devolución de la orden instruida sin diligenciar en fecha 15 de agosto de 2011, conforme consta en obrados, produciéndose el abandono de la causa imputable a la parte actora y la de su apoderado por más de seis meses, impidiendo que este Tribunal prosiga con el desarrollo de los actos de procedimiento, motivado la paralización del proceso por el tiempo indicado; este abandono de la causa hace que se opere la perención de la instancia por la inactividad procesal y abandono por más de seis meses.

Que, nuestro ordenamiento jurídico configura la perención de instancia en el art. 309 del Cód. Adjetivo Civil, sosteniendo que cuando el demandante abandonare su acción durante seis meses, el Juez, de oficio o a petición de parte, y sin más trámite declarará la perención de la instancia.

POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, de conformidad a lo dispuesto del art. 309 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. Nº 1715, declara de oficio PERENCIÓN de instancia el proceso contencioso administrativo incoado por Federico García. Guerrero contra el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Ministra de Desarrollo Rural y Tierras.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Fdo.

Vocal Sala Primera Dr. Luis A. Arratia Jiménez

Vocal Sala Primera Dr. Iván Gantier Lemoine