AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S2ª Nº 08/2015

Expediente : Nº 2989 - DCA - 2011

 

Proceso : Contencioso Administrativo

 

Demandante : Jesús Idolio Delfín Ordoñez y otros

 

Demandado : Juan Evo Morales Ayma presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Nemesia Achacollo Tola, Ministra de Desarrollo Rural y Tierras.

 

Distrito : Tarija

 

Fecha : Sucre, enero 20 de 2015

 

Magistrado Semanero: Javier Peñafiel Bravo

VISTOS: Los antecedentes del proceso contencioso administrativo interpuesto por Jesús Idolio Delfín Ordoñez y otros contra Juan Evo Morales Ayma, Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Nemesia Achacollo Tola, Ministra de Desarrollo Rural y Tierras, impugnando la Resolución Suprema Nº 03992 de 10 de septiembre de 2010, el informe que precede; y,

CONSIDERANDO: Que, de los datos cursantes en el presente proceso e informe de fs. 427, suscrito por la Secretaria de Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, se evidencia que la demanda contenciosa administrativa de fs. 38 a 42 de obrados, luego de ser subsanada, fue admitida por la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, mediante auto de 15 de febrero de 2011 cursante a fs. 51 y vta. En fecha 9 de abril de 2014, la parte actora se apersonó a la Sala Segunda de este tribunal a objeto de recoger la orden instruida para la citación a los terceros interesados, posterior a dicha actuación procesal la parte actora no devolvió a este Tribunal la orden instruida debidamente diligenciada, asimismo por nota Cite Of. N° 003/2015 de 9 de enero de 2015, cursante a fs. 431 de obrados y emitida por la Juez Agroambiental de Tarija, se informó que revisados los archivos de la gestión 2014, no consta la recepción( ingreso) de la orden instruida N° 39/2014, no existiendo a la fecha ninguna notificación, habiendo la parte actora, dejado transcurrir el plazo establecido por el art. 309 del Cód. Pdto. Civ.; demostrando negligencia y falta de interés en otorgar el impulso procesal que corresponde a las partes, considerándose dicha conducta como abandono del proceso y extendiéndose la misma por más de seis meses, computables a partir de la última actuación procesal, practicada el 9 de abril de 2014 conforme consta a fs. 426 y vta de obrados, da lugar a la perención de instancia prevista por el art. 309 del Cód. Pdto. Civ. aplicable supletoriamente por disposición del art. 78 de la L. Nº 1715.

POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, con la facultad conferida por el art. 4 núm. 1 del Cód. Pdto. Civ., de oficio, declara PERENCION DE INSTANCIA en el proceso contencioso administrativo incoado por Jesús Idolio Delfín Ordoñez y otros contra Juan Evo Morales Ayma, Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Nemesia Achacollo Tola, Ministra de Desarrollo Rural y Tierras.

No firma el Magistrado Dr. Bernardo Huarachi Tola por ser voto disidente.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Fdo.-

Magistrada Sala Segunda Dra. Deysi Villagomez Velasco

Magistrado Sala Segunda Dr. Javier Peñafiel Bravo.