AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 65/2015

Expediente : Nº 1657/2015

 

Proceso : Nulidad de Título Ejecutorial

 

Demandante : Cesar Vargas Cáseres

 

Demandada : Margarita Rodríguez Espinoza

 

Distrito : Chuquisaca

 

Fecha : Sucre, 28 de octubre de 2015

 

Magistrada Semanera : Dra. Cinthia Armijo Paz

VISTOS: El memorial de retiro de demanda cursante a fs. 28 de obrados, demás antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO: Que, el demandante Cesar Vargas Cáseres, mediante memorial de fs. 28 de obrados, al no haber sido aún admitida la demanda y con los argumentos en él expuesto, solicita el retiro de su acción.

Que de la revisión de antecedentes, se tiene que efectivamente no se procedió aún a la admisión de la demanda y naturalmente tampoco existe respuesta a la misma, lo que viabiliza lo peticionado debiendo disponerse en ese sentido.

POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, de conformidad con lo dispuesto por el art. 303 del Cód. Pdto. Civ., ACEPTA el RETIRO de la demanda cursante de fs. 16 a 21 vta. de obrados, teniéndose la misma como no presentada, disponiéndose el archivo de obrados.

Otrosí 1°.- Procédase al desglose de la documentación que se adjuntó a la demanda, debiendo quedar en su lugar fotocopias simples con cargo al impetrante y constancia donde corresponda.

Otrosí 2°.- Por señalado el domicilio procesal en Secretaría de Sala Primera del Tribunal Agroambiental.

Regístrese, notifíquese y archívese.-

Fdo.-

Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.

Magistrada Sala Primera Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz.

Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.