AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1ª Nº 32/2015

Expediente: Nº 1235/2014

 

Proceso: Nulidad de Título Ejecutorial

 

Demandantes: Miguel Suárez Canchari, Valeriano Patsi Ríos y Bertha Aroja García

 

Demandado: Comunidad de Collpana, representado por Clemente Nina Rodríguez

 

Distrito: Oruro

 

Fecha: Sucre, 26 de mayo de 2015

 

Magistrado Semanero: Dr. Juan Ricardo Soto Butrón

VISTOS : El memorial de retiro de demanda de fs. 510 de obrados; y,

CONSIDERANDO : Que los demandantes Miguel Suarez Canchari, Valeriano Patsi Rios y Bertha Aroja García, por memorial de fs. 510 de obrados, mencionan que al no haber aún sido citado el demandado, retiran su demanda al amparo del art. 303 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente a la materia por disposición del art. 78 de la L. Nº 1715.

Que de la revisión de antecedentes, se tiene que efectivamente no se procedió aún a la citación a la parte demandada y naturalmente tampoco contestó a la demanda, lo que viabiliza lo peticionado debiendo disponerse en ese sentido.

POR TANTO : La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, de conformidad con lo dispuesto por el art. 303 del Cód. Pdto. Civ., ACEPTA el RETIRO de la demanda cursante de fs. 408 a 421 y ampliación de demanda de fs. 499 a 503 y vta. de obrados, considerando a las mismas como no presentadas.

Al otrosí.- Desglósese la documentación que adjuntaron los actores a su demanda, quedando en su lugar fotocopias simples con cargo a los impetrantes y constancia donde corresponda, debiendo procederse conforme solicitan los demandantes.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Fdo.-

Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.

Magistrada Sala Primera Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz.

Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.