AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO S1a N° 33/2016

Expediente: 1986/2016

 

Proceso: Nulidad de Título Ejecutorial

 

Demandante: Amanda Maribel Baldelomar Ali, en representación de Jorge Chávez Tapia.

 

Demandada: Carmen Tapia Vda. de Chávez

 

Distrito: Cochabamba

 

Fecha: Sucre, 02 de junio de 2016

 

Magistrada Semanera: Dra. Paty Yola Paucara Paco

VISTOS. El memorial de retiro de demanda de fs. 37 de obrados, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO: Que la apoderada Amanda Maribel Baldelomar Ali, en representación del demandante Jorge Chávez Tapia, mediante memorial de fs. 37 de obrados, menciona que, tomando en cuenta que la documentación aparejada en el presente proceso no cumple con los requisitos legales exigidos para demandar la "Nulidad de Título Ejecutorial", no pudiendo continuar con su demanda; por lo cual, solicita el retiro de la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial interpuesta contra Carmen Tapia Vda. de Chávez y se ordene el desglose de la documentación adjuntada.

Que de la revisión de los antecedentes del proceso, se tiene que efectivamente aún no fue admitida la demanda, lo que viabiliza lo peticionado, debiendo disponerse en este sentido.

POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, de conformidad con lo dispuesto por el art. 303 del Código de Procedimiento Civil, aplicable a la materia por el régimen de supletoriedad previsto por el art. 78 de la L. N° 1715 y prevista por la Disposición Final Tercera de la Ley N° 439, ACEPTA el RETIRO de la demanda cursante de fs. 19 a 22 de obrados, considerando a la misma como no presentada, disponiéndose el archivo de obrados.

Por Secretaría de Sala Primera, procédase al desglose de la documental adjuntada a la demanda, debiendo quedar en su lugar fotocopias legalizadas de la documental original y simples según corresponda, sea con las formalidades de ley y con cargo a la solicitante.

Al otrosí 1.- Se tiene presente la autorización al efecto solicitado.

Al otrosí 2.- Notificaciones de acuerdo a procedimiento.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Fdo.-

Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.

Magistrada Sala Primera Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz.

Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.