Línea Jurisprudencial

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INFUNDADO / POR VALORACIÓN DE LA PRUEBA (INCENSURABLE)

Con enfoque intercultural

Un documento emitido por las autoridades de la jurisdicción indígena originaria campesina, por la igualdad jerárquica de las jurisdicciones consagrada en la CPE, tiene la misma validez que los documentos emitidos o procesados en el sistema ordinario; el juzgador agroambiental que considera la prueba documental emitida por autoridades naturales, la valora con enfoque intercultural.


AAP-S2-0035-2021

"II.3.3. Respecto a la valoración de la prueba con enfoque intercultural sobre documentos emitidos por autoridad natural.- La Sentencia del A Quo, al establecer los hechos probados le reconoció valor probatorio al documento cursante a fs.1 de obrados; es decir, el Informe de Vida Orgánica y Estancia en el municipio, emitida en favor de los demandantes; es pertinente glosar los términos de este informe que describe: "...esta pareja se encuentra en nuestro municipio aproximadamente desde el año 1991 asiendo vida orgánica en el municipio para cualquier constancia dirigirse a las actas, asistencias a los trabajos de la comunidad y las organizaciones como ser regantes de la sequía grande y regante de la sequía chica, como ser paleos madrugadas, de reuniones comunales etc. Es por ello que la pareja de ciudadanos han sido poseedores en dos partes de tierras agrícolas que eran de un sacerdote conocido como padre Zelaya que dichas tierras dejo como herencia a todos sus sobrinos, dentro de estos está el señor Daniel Zelaya según informe, la mayoría ya fallecieron hasta el señor Zelaya..." (el subrayado es nuestro).

Se trata, por consiguiente, de un documento emitido por las autoridades naturales que se encuentran en el municipio de Las Carreras de la provincia Sud Cinti del departamento de Chuquisaca; este Informe por la igualdad jerárquica de las jurisdicciones consagrada en la CPE, tiene la misma validez que los documentos emitidos o procesados en el sistema ordinario y al haber considerado, valorado y además fundado su decisión el Juez Agroambiental de Camargo entre otros en el indicado Informe, ha desarrollado una valoración con enfoque intercultural en observancia de la jurisprudencia constitucional; así, la SCP 0890/2013 de 20 de junio, entendió sobre el particular: "El principio de igualdad jerárquica entre la jurisdicción indígena originaria campesina y la jurisdicción ordinaria no sólo implica igualdad en lo referente a la aplicación de las normas jurídicas (jurisdicción), sino que la igualdad se extiende a todo el sistema jurídico, es decir, a sus normas a sus procedimientos, a sus autoridades y a todas las resoluciones que pronuncien y los actos que realicen; los cuales, en consecuencia, están dotados del mismo valor y la misma fuerza que los efectuados por las autoridades de la jurisdicción ordinaria..."."