Línea Jurisprudencial

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POR NO EXISTIR INFRACCIÓN A LA NORMA 

Cuando el Juez de Instancia ha apreciado la posesión de un bien por una Comunidad, como el justo título y el cumplimiento de la Función Social, no hay vulneración de norma, ni por eso se incurre en error de hecho o derecho, apreciándose la prueba en forma integral.