NATURALEZA JURÍDICA
Existiendo en casación los fundamentos mínimos de claridad, certeza, especificidad y suficiencia, corresponde al Tribunal Agroambiental pasar a la resolución del recurso, excluyendo todo rigorismo o formalismo, inclusive pese a que se evidencie falta de técnica recursiva en el mismo con el fin de garantizar el acceso a los recursos y medios impugnativos.
"...de la lectura del recurso de casación, se evidencia la falta de técnica recursiva, sin embargo de lo precedentemente citado no es menos evidente que garantizando el acceso a los recursos y medios impugnativos, excluyendo así todo rigorismo o formalismo excesivo , el cual impida obtener un pronunciamiento judicial sobre las pretensiones invocadas y habiéndose propuesto de alguna forma los fundamentos mínimos de claridad, certeza, especificidad y suficiencia, se pasa a resolver el mismo."
"...corresponde recordar que cuando se plantea recurso de casación en el fondo, lo que se pretende es que el Tribunal case la sentencia impugnada y resuelva el fondo del conflicto, aspecto que no acontece en el presente caso, todo en consideración a los fundamentos del recurso y sobre todo al petitorio formulado en el recurso de casación, que textualmente señala: "De acuerdo con lo expuesto, se pide a su autoridad que luego del traslado correspondiente, se prosiga con la tramitación del presente recurso de casación hasta que el Tribunal Superior, lo resuelva tomando en cuenta los hechos y la ley que los rige", de donde se tiene un petitorio incongruente con las causales que sustentan el recurso de casación y contrapuesto a la naturaleza del recurso de casación que tiene por fin privilegiar la recta aplicación de la ley y de esta manera alcanzar la justicia en la resolución de los conflictos procesales. Por lo expuesto, el recurso de casación es una institución jurídica necesaria y de enorme importancia en la administración de justicia agroambiental, pues en su mérito se cuenta con una vía que asegura la correcta aplicación o interpretación de las normas jurídicas y la uniformización de la jurisprudencia nacional."
"...de la lectura del recurso de casación, se evidencia la falta de técnica recursiva, sin embargo de lo precedentemente citado no es menos evidente que garantizando el acceso a los recursos y medios impugnativos, excluyendo así todo rigorismo o formalismo excesivo , el cual impida obtener un pronunciamiento judicial sobre las pretensiones invocadas y habiéndose propuesto de alguna forma los fundamentos mínimos de claridad, certeza, especificidad y suficiencia, se pasa a resolver el mismo."
"...corresponde recordar que cuando se plantea recurso de casación en el fondo, lo que se pretende es que el Tribunal case la sentencia impugnada y resuelva el fondo del conflicto, aspecto que no acontece en el presente caso, todo en consideración a los fundamentos del recurso y sobre todo al petitorio formulado en el recurso de casación, que textualmente señala: "De acuerdo con lo expuesto, se pide a su autoridad que luego del traslado correspondiente, se prosiga con la tramitación del presente recurso de casación hasta que el Tribunal Superior, lo resuelva tomando en cuenta los hechos y la ley que los rige", de donde se tiene un petitorio incongruente con las causales que sustentan el recurso de casación y contrapuesto a la naturaleza del recurso de casación que tiene por fin privilegiar la recta aplicación de la ley y de esta manera alcanzar la justicia en la resolución de los conflictos procesales. Por lo expuesto, el recurso de casación es una institución jurídica necesaria y de enorme importancia en la administración de justicia agroambiental, pues en su mérito se cuenta con una vía que asegura la correcta aplicación o interpretación de las normas jurídicas y la uniformización de la jurisprudencia nacional."