Línea Jurisprudencial

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ENFOQUE DE GÉNERO (MUJERES)

Derechos de concubina

Se hace incurrir en error esencial a la autoridad ejecutora del saneamiento, cuando el interesado no menciona su calidad de copropietario o sin advertir que los derechos a reconocerse eran compartidos con su concubina (SAN-S1-0001-2016)


SAN-S1-0001-2016

"3) Respecto a que para la emisión del Titulo Ejecutorial impugnado se habría inducido en error esencial a la buena voluntad del INRA, creando un acto aparente que no correspondía a la realidad; conforme se tiene precisado líneas arriba, del análisis de los antecedentes y de la contestación a la demanda de Germán Colque Flores, se establece que él mismo, reconoce que junto a la demandante es copropietario del predio que fue objeto de Saneamiento, y aun cuando señala que no llegó a sanear la totalidad del mismo, es decir únicamente 0,3969 ha, de las 1,2677 ha que tenía inicialmente la parcela; de los datos del proceso de Saneamiento se constata que dicho recorte se dio por estar la mayor parte del predio sobrepuesto al río Viloma y por tanto se considere una servidumbre no susceptible de reconocimiento de derecho propietario individual; por lo que resulta malicioso que el demandado pretenda ahora que la actora y la hija de ambos reclamen el Saneamiento de ese remanente, que de acuerdo a datos del proceso, no podría ser objeto de otorgación de derecho propietario individual y privado; posición del demandado que confirma una vez más el reconocimiento que éste efectúa sobre la calidad de copropietaria de la demandante y que demuestra que efectivamente al momento de realizarse el Saneamiento Interno de la Parcela N° 332 de la "Junta Vecinal de Mallco Chapi", el demandado hizo incurrir en error esencial a la autoridad ejecutora, al no mencionar su calidad de copropietario junto a su concubina, sin advertir que los derechos a ser reconocidos sobre dicha parcela eran compartidos con Margarita Patricia Zurita Soto, impidiendo en función a ello, que el INRA efectúe una adecuada valoración de hechos verdaderos para establecer en consecuencia derechos compartidos en el proceso de Saneamiento."