PRINCIPIO DE INTEGRALIDAD
La valoración de la prueba en materia agroambiental, se apoya en el principio de integralidad que consiste en la obligación que tiene la Judicatura Agroambiental de otorgar a la tierra un tratamiento completo, tomando en cuenta sus connotaciones económicas, sociales, históricas, de conservación, políticas y hasta de reconocimiento de la diversidad cultural.
"(...) la valoración de la prueba se apoya en el principio de integralidad que consiste en la obligación que tiene la Judicatura Agroambiental de otorgar a la tierra un tratamiento completo, tomando en cuenta sus connotaciones económicas, sociales, históricas, de conservación, políticas y hasta de reconocimiento de la diversidad cultural, en este sentido el supuesto hecho de que el juez de la causa no habría valorado en su verdadera dimensión la prueba testifical de cargo no tiene ningún fundamento que pueda ser atendido por este Tribunal".