POR PLANTEARSE FUERA DE OPORTUNIDAD PROCESAL
El objetivo de la recusación es apartar de la causa al juzgador cuya imparcialidad sea cuestionada, empero, si dicha causa se encuentra concluida, la recusación planteada carece del motivo principal y a la vez, requisito de procedencia, sin el cual, se torna inviable lo peticionado.
"la presente recusación se encuentra interpuesta fuera del momento procesal señalado por el art. 351 parágrafo II, pues como se mencionó, el objetivo de la recusación es apartar de la causa al juzgador cuya imparcialidad sea cuestionada, sin embargo, en el caso presente, dicha causa se encuentra concluida, careciendo la recusación planteada, del motivo principal y a la vez, requisito de procedencia, sin el cual, se torna inviable lo peticionado":