DEBIDO PROCESO
La Autoridad Judicial de instancia a momento de emitir sentencia, debe pronunciarse sobre aspectos dispuestos en la tramitación del proceso, así como tiene la obligación de realizar la valoración de prueba aportada al proceso y la generada de oficio; aspecto que hacen al debido proceso, seguridad jurídica, no hacerlo implica la vulneración al principio de fundamentación, motivación y congruencia que toda resolución debe contener a momento de su emisión y cuya observancia es de estricto cumplimiento por ser norma de orden público.