Para pronunciarse sobre decisiones y/o resoluciones de competencia de otras jurisdicciones judiciales y/o administrativas

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

PARA PRONUNCIARSE SOBRE LO QUE DEBE CONOCER AUTORIDAD JUDICIAL Y/O ADMINISTRATIVA

No corresponde al Tribunal Agroambiental pronunciarse en casación, sobre decisiones judiciales arribadas   en jurisdicciones diferentes y que  al momento de dictarse la sentencia, se encuentren plenamente vigentes. 

AAP-S1-0080-2019;
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PRECEDENTE 2

PARA PRONUNCIARSE SOBRE LO QUE DEBE CONOCER AUTORIDAD JUDICIAL Y/O ADMINISTRATIVA

Si lo objetado en demanda contencioso administrativa es la condición legal de la persona jurídica cuyo reconocimiento corresponde a otra autoridad administrativa, no compete al Tribunal Agroambiental pronunciarse  sobre la legalidad o ilegalidad de su existencia. 

SAN-S1-0076-2017;
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PRECEDENTE 3

DERECHO AGRARIO PROCESAL / ELEMENTOS COMUNES DEL PROCEDIMIENTO / INCOMPETENCIA DEL TRIBUNAL AGROAMBIENTAL / PARA PRONUNCIARSE SOBRE DECISIONES  Y/O RESOLUCIONES DE COMPETENCIA DE OTRAS JURISDICCIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

Corresponde rechazar in limine la demanda Contencioso Administrativa, cuando se impugna una resolución jerárquica, no impugnable a través de una acción contenciosa administrativa, ya que en la misma no se estaba definiendo un derecho propietario, conforme prevé el art. 76 del Decreto Supremo N° 29215 de 02 de agosto 2007. 

AID-S2-0062-2015;
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PRECEDENTE 4

ELEMENTOS COMUNES DEL PROCEDIMIENTO / INCOMPETENCIA DEL TRIBUNAL AGROAMBIENTAL / PARA PRONUNCIARSE SOBRE DECISIONES Y/O RESOLUCIONES DE COMPETENCIA DE OTRAS JURISDICCIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

No es impugnable en acción contencioso administrativa, una Resolución Suprema que no es emergente de una Resolución Final de Saneamiento, Reversión, Expropiación o de Distribución de Tierras, no pudiendo abrirse la competencia del Tribunal Agroambiental.

AID-S1-0068-2015; AID-S2-0062-2015;
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PRECEDENTE 5

ELEMENTOS COMUNES DEL PROCEDIMIENTO / INCOMPETENCIA DEL TRIBUNAL AGROAMBIENTAL / PARA PRONUNCIARSE SOBRE DECISIONES Y/O RESOLUCIONES DE COMPETENCIA DE OTRAS JURISDICCIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

El Tribunal Agroambiental sólo tiene la facultad de conocer y resolver conflictos de competencias entre los Juzgados Agroambientales, mientras que los conflictos suscitados entre Jurisdicción, deben ser resueltas por el Tribunal Constitucional Plurinacional.

AID-S1-0005-2015;
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PRECEDENTE 6

COMPETENCIA DE LOS JUECES AGROAMBIENTALES SOBRE BIENES DE DOMINIO PUBLICO

Las áreas de dominio público no pueden ser susceptibles de tutela de derechos sobre la posesión y menos sobre la actividad agraria.

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PRECEDENTE 7

CONTROL DE LEGALIDAD 

El Tribunal Agroambiental no puede determinar y considerar quien cumple la Función Social o la Función Económico Social, sin embargo, está plenamente respaldado para realizar el control de legalidad de los actos realizados por el ente administrativo (SAP-S1°-0035/2023)

SAP-S1-0035-2023;
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