CONTROL DE LEGALIDAD
El Tribunal Agroambiental no puede determinar y considerar quien cumple la Función Social o la Función Económico Social, sin embargo, está plenamente respaldado para realizar el control de legalidad de los actos realizados por el ente administrativo (SAP-S1°-0035/2023)
"...Es cierto y verosímil que este Tribunal no pude determinar y considerar quien cumple la Función Social o la Función Económico Social, sin embargo, está plenamente respaldado para realizar el control de legalidad de los actos realizados por el ente administrativo, frente a los administrados quienes de acuerdo al art. 67 o como en el presente caso de acuerdo al art. 50 de la Ley N° 1715 presentan sus argumentos basados en una de las causales de nulidad que habría sucedido en la titulación del predio “Villa Graciela-Mario Adalberto”..."