DERECHO AGRARIO PROCESAL / ELEMENTOS COMUNES DEL PROCEDIMIENTO / INCOMPETENCIA DEL TRIBUNAL AGROAMBIENTAL / PARA CONOCER RECURSO DE CASACIÓN DE UN AUTO NO DEFINITIVO
No se abre la competencia del Tribunal Agroambiental, cuando se interpone demanda Contenciosa Administrativa impugnando un auto que no define derechos, por lo tanto la misma o es recurrible en proceso Contencioso Administrativo.
"al no haber cumplido la parte actora con lo señalado por el art. 327-5) del Cód. Pdto. Civ., en relación a la cosa demandada, precisando si la misma es recurrible o no en contencioso administrativo, verificándose que el Auto Administrativo de 7 de mayo de 2015 no constituye una Resolución Forestal que define derechos y que el recurso jerárquico no fue tramitado y menos aún resuelto por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua; en consecuencia no se abre la competencia del Tribunal Agroambiental; por lo que corresponde resolver, en ese sentido."