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DERECHO AGRARIO PROCESAL / ELEMENTOS COMUNES DEL PROCEDIMIENTO / INCOMPETENCIA DEL TRIBUNAL AGROAMBIENTAL / PARA CONOCER UN RECURSO (CASACIÓN SIN TÉCNICA RECURSIVA, COMPULSA ANUNCIADA, REPOSICIÓN BAJO ALTERNATIVA DE CASACIÓN, APELACIÓN Y OTROS) 

Cuando la parte actora anuncia un recurso de compulsa, pero no lo interpone con las formalidades y requisitos legales, no se abre la competencia del Tribunal Agroambiental para el conocimiento, tramitación y resolución de un supuesto e inexistente recurso de compulsa.


AID-S2-0019-2015

"consiguientemente, al no haberse interpuesto recurso de compulsa ante este Tribunal con las formalidades y requisitos previstos por la normativa adjetiva aplicable al caso, no se abre la competencia del Tribunal Agroambiental para el conocimiento, tramitación y resolución del pretendido supuesto recurso de compulsa, inexistente como se señalo precedentemente. Si bien en el testimonio adjunto cursa testimoniado a fs. 18 y vta. memorial con la suma de "Anuncia Compulsa", el mismo fue dirigido y presentado ante la Juez Agroambiental de Yapacani, habiendo dicha autoridad jurisdiccional dispuesto por proveído de 25 de febrero de 2015 cursante a fs. 19 del testimonio, lo que señala el art. 289, 290 y 293 del Cód. Pdto. Civ., esto es, la francatura de testimonio, constancia de entrega del mismo y la ejecutoria del auto o sentencia ante incumplimientos en su tramitación, esto en el entendido que ante el juez de instancia solamente se anuncia de compulsa a que hace referencia el art. 288 del señalado Código Adjetivo Civil, cuyo recurso de compulsa propiamente dicho, debe interponerse ante el Juez o Tribunal inmediato superior, que en el caso sub lite, es el Tribunal Agroambiental."