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PARA CONOCER DEMANDA DE NULIDAD DE TÍTULO EJECUTORIAL, PERO EN CUMPLIMIENTO DE SCP (CASO AISLADO) 

El Tribunal Agroambiental tiene competencia para conocer demandas de nulidad de Títulos Ejecutoriales y de los procesos agrarios del cual emergieron los mismos, aunque estos fundos originalmente fueran rurales y se convirtieron en urbanos; sin embargo solo en cumplimiento a fallos constitucionales el Tribunal Agroambiental se declara incompetente, para conocer demandas de nulidad de Títulos Ejecutoriales en predios que estén en el área urbana. 


AID-S1-0043-2019

"En ese contexto, al evidenciarse que existen dos Sentencias Constitucionales (SC 2626/2010 y SCP 0355/2013) que dan cuenta que el Tribunal Agroambiental sí tiene competencia para conocer y resolver demandas de nulidad de Títulos Ejecutoriales y de los procesos agrarios del cual emergieron los mismos, aún estén en área urbana y dos Resoluciones Constitucionales (SCP 0827/2017-S2 y ACP 022/2019-O) que señalan que éste Tribunal, debería inhibirse de conocer demandas de nulidad de Títulos Ejecutoriales en predios que estén en el área urbana, pero sin señalar qué jurisdicción tendría competencia para declarar la nulidad de los Títulos Ejecutoriales, existiendo un vació constitucional al respecto; este Tribunal dando cumplimiento al art. 203 de la C.P.E., tantas veces citado por el Auto Constitucional Plurinacional 0022/2019-O de 17 de abril de 2019, falla sólo sobre el caso concreto."