PARA EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA CONSTITUCIONAL
En cumplimiento de una Sentencia Constitucional Plurinacional que revoca la Resolución del Tribunal de Garantías Constitucionales y DENIEGA la tutela solicitada, manteniéndose incólume la Sentencia Agroambiental Nacional impugnada, corresponde al Tribunal Agroambiental, dejar sin efecto la nueva sentencia emitida en cumplimiento de la Resolución del Tribunal de Garantías Constitucionales revocada en revisión por el Tribunal Constitucional Plurinacional.
"...El Tribunal Constitucional Plurinacional, emite la Sentencia Constitucional Plurinacional 0240/2016-S3 de 19 de febrero de 2016, que en fotocopia legalizada cursa de fs. 659 a 667 de obrados, que fue notificada a éste Tribunal el 9 de septiembre de 2016, conforme se desprende de la diligencia de notificación de fs. 669 de obrados, revocando la Resolución de Amparo Constitucional Nº 343/2015 de 30 de septiembre de 2015 y en consecuencia deniega la tutela que fue concedida, lo que determina que al revocarse lo resuelto por el Tribunal de Garantías Constitucionales que dio lugar a la emisión de la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª Nº 41/2016 de 3 de junio de 2016, cursante de fs. 622 a 641 de obrados, ésta queda sin efecto legal alguno, en observancia de lo dispuesto por el art. 203 de la C.P.E."