DESISTIMIENTO DEL PROCESO
Siendo una de las formas de conclusión extraordinaria del proceso, el desistimiento del proceso, que es viable en aquellos casos en los que la parte actora decide no proseguir con la causa con los efectos que ello implica, desistiendo del proceso hasta antes que se dicte sentencia.
"Que, al respecto incumbe señalar que dentro de las formas de conclusión extraordinaria del proceso, están el desistimiento del proceso; en el caso presente se advierte que la voluntad de desistir del proceso de nulidad de Título Ejecutorial manifestado por los actores, fue puesto en conocimiento de la parte demandada, sin que la misma se haya pronunciado dentro del plazo de tres días hábiles; por consiguiente al haberse expresado de esa manera la voluntad de la parte actora de no proseguir la causa, con los efectos que ello implica y sin que hasta la fecha presente se haya emitido sentencia; corresponde a este Tribunal manifestarse al respecto."