Línea Jurisprudencial

Retornar

ACEPTACIÓN DE RETIRO DE DEMANDA 

Cuando la demanda no ha sido admitida, el demandado no se encuentra citado, no se traba la relación procesal, caso en el que corresponde deferirse favorablemente la solicitud de retiro de demanda.


AID-S1-0043-2018

"Que, mediante memorial cursante a fs. 82 de obrados la parte impetrante solicita el retiro de la demanda.

Que, sin subsanar la misma de la revisión de obrados es posible evidenciar que la demanda no fue admitida hasta la fecha, razón por la que el demandado no se encuentra citado, es decir que en el caso de autos no se trabó la relación procesal, correspondiendo deferir favorablemente la indicada solicitud, por ser interpuesta antes de la admisión de la demanda."