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ACEPTACIÓN DE RETIRO DE DEMANDA

Cuando no fueron citados los demandados con la demanda y el Auto de Admisión, no existe relación procesal, en cuyo caso se puede deferir favorablemente la solicitud de retiro de demanda, por ser interpuesta antes de la citación con la demanda a la parte contraria.


AID-S1-0051-2018

"Que, de la revisión de obrados se tiene que, a objeto de dar cumplimiento al Auto Constitucional 06/2018 de 30 de abril de 2018 cursante de fs. 135 a 145 de obrados, mediante decreto de 16 de mayo de 2018 cursante a fs. 155 de obrados, se dispuso que la parte actora acompañe folio real que consigne la inscripción del Titulo Ejecutorial que se impugna, asimismo se señale con precisión y exactitud el nombre y domicilio de posibles terceros interesados, de la revisión de obrados se tiene que no fueron citados los demandados con la demanda y el Auto de Admisión, no existiendo en consecuencia la relación procesal; correspondiendo deferir favorablemente la solicitud de retiro de demanda, por ser interpuesta antes de la citación con la demanda a la parte contraria."