Inscripción doble de derecho propietario agrario en Derechos Reales
En caso de mantenerse subsistente una matrícula de inscripción en Derechos Reales respecto de derechos posteriormente sometidos a proceso de saneamiento, por no haber tenido conocimiento de este dato la entidad administrativa agraria, esta inscripción anterior, no acredita derecho propietario agrario cuando se contrapone a un registro producto del indicado proceso de regularización del derecho de propiedad agraria. (SAP-S2-0026-2022 )
SAP-S2-0026-2022;REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD AGRARIA / DERECHOS REALES
En un proceso de Desalojo por Avasallamiento, si ambas partes acreditan derecho propietario, con registro vigente en Derechos Reales, en atención a la eficacia del principio de seguridad jurídica registral la autoridad judicial debe pronunciarse de manera fundada al respecto, en el marco de la valoración integral que debe aplicar a tiempo de resolver el caso (AAP-S1-0012-2021)
AAP-S1-0012-2021;