MEDIDAS PREPARATORIAS

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

MEDIDAS PREPARATORIAS

Demanda de Nulidad de Títulos Ejecutoriales (competencia del Juez Agroambiental)

El Juez Agroambiental tiene competencia para conocer diligencias preparatorias de demanda de Nulidad de Título Ejecutorial, de rechazarse se vicia de nulidad por negarse el acceso a la jurisdicción. 

ANA-S1-0021-2017;
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PRECEDENTE 2

MEDIDAS PREPARATORIAS 

Cuando en una diligencia preparatoria de demanda, el juzgador no recaba documentación idónea que permita definir si la acción es o no de su competencia;  no ejerce su rol de director del proceso, ni cumple su deber de cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios de nulidad. 

AAP-S1-0025-2018; AAP-S2-0010-2022;
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PRECEDENTE 3

POR NEGLIGENCIA/POR CAUSAR SU PROPIA INDEFENSIÓN LA PARTE DEMANDANTE

No existe vulneración de derechos, cuando la propia parte no los hace valer oportunamente,  provocando su propia indefensión (abandono de audiencia); no pudiéndose exigir al Juzgador resguarde derechos cuando la parte no efectúa su petición dentro del actuado judicial o momento procesal oportuno. 

AAP-S1-0079-2018;
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PRECEDENTE 4

MEDIDAS PREPARATORIAS 

En una medida preparatoria de emplazamiento a reconocimiento de firmas y rúbricas,si la persona emplazada negare la misma, puede la autoridad judicial proponer se practique la pericia caligráfica en la vía incidental inclusive si las partes no toman la iniciativa, sin que ello importe indebida aplicación del art. 306.I – 2 inc. d)  de la L. N° 439, ni tampoco suponga haber causado estado de indefensión alguna. 

AAP-S1-0002-2018;
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PRECEDENTE 5

MEDIDAS PREPARATORIAS 

Las medidas preparatorias de demanda como su nombre lo versa, no constituyen procesos como tal, pues son solo diligencias preliminares encaminadas a establecer la eficacia jurídica de ciertos actos, y no pueden ser equiparadas a un proceso como tal. 

AID-S2-0057-2018; AAP-S2-0004-2022; AAP-S2-0070-2022;
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PRECEDENTE 6

MEDIDAS PREPARATORIAS

Por no presentada

Corresponde tener por no presentadas las medidas preparatorias cuando las mismas no tienen relación alguna con el objeto de la futura pretensión de la parte actora, desnaturalizando en consecuencia el trámite establecido para sustanciar las diligencias encaminadas a facilitar el ejercicio de determinadas acciones. 

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PRECEDENTE 7

MEDIDAS PREPARATORIAS

Demanda de Nulidad de Títulos Ejecutoriales (incompetencia del Juez Agroambiental)

Las medidas preparatorias para tramitar futuras demandas de Nulidad de Títulos Ejecutoriales, no son competencias de un Juez agroambiental, dado que esa competencia, es exclusiva del Tribunal Agroambiental; es decir que el futuro proceso o demanda que se pretende instaurar, debe ser de conocimiento de la autoridad jurisdiccional ante quién se solicitan las medidas preparatorias.

AAP-S2-0053-2021;
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PRECEDENTE 8

MEDIDAS PREPARATORIAS

Las medidas preparatorias son aquellas orientadas precisamente a preparar un posterior proceso con la provisión de los elementos de prueba obtenidos lícitamente para sustentar el mismo; empero, se debe tener claramente establecido que las medidas preparatorias no deben exceder su ámbito de aplicación previsto en el ordenamiento jurídico, ya que en ningún caso a través de las mismas podría definirse situaciones jurídicas por ser de naturaleza propia del proceso contradictorio al que deben dar lugar, en razón a que las diligencias preparatorias, no constituyen procesos como tal, son simplemente actividades preliminares encaminadas a facilitar el ejercicio de determinadas acciones para asegurar la eficacia jurídica de estas y de ninguna manera pueden ser equiparadas a un proceso; es decir, las diligencias preliminares constituyen un conjunto de actos que únicamente pueden obtenerse a través de la intervención judicial y que evitan la inutilidad del proceso posterior.

AAP-S1-0029-2022;
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PRECEDENTE 9

MEDIDAS PREPARATORIAS

La finalidad de  la inspección judicial como medida preparatoria es la de comprobar el estado en que se encuentra lo que será objeto del proceso antes de interponer la demanda o acción que corresponda.

ANA-S1-0073-2015;
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PRECEDENTE 10

DESIGNACIÓN DE PERITO IMPARCIAL

Dentro de los procesos de medidas preparatorias de Reconocimiento de Firmas y Rúbricas, bajo el principio de verdad material e imparcialidad, corresponde al juez de la causa designar un perito que no haya intervenido en procesos anteriores como perito de una de las partes. 

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PRECEDENTE 11

MEDIDAS PREPARATORIAS

No son taxativos los requisitos para su admisión

Las medidas preparatorias, pueden ser previas a la interposición de una demanda y no constituyen una pre-demanda, calificándose esta etapa como un procedimiento y no un proceso y sus requisitos no son taxativos, limitándose su admisión y trámite a la petición que aporte elementos útiles al interesado para ser usado en un proceso posterior, cuya iniciación y modalidades pueden depender del resultado o no de la diligencia que se solicita. (ANA-S2-0002-2012)

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PRECEDENTE 12

MEDIDAS PREPARATORIAS

Debe observarse previo a la admisión si se indicó su finalidad.

Quien demande la diligencia de medidas preparatorias debe indicar de manera clara y precisa, la finalidad concreta en la futura demanda principal, aspecto que debe ser observado por la autoridad judicial previo a la admisión de la demanda como una garantía del debido proceso en sus elementos de derecho a la defensa y fundamentación, no pudiendo subsanarse posteriormente este extremo, mas aún si fue oportunamente advertido por la parte demandada. (AAP-S2-0095-2023)

AAP-S2-0095-2023;
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