AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO

S 1ª Nº 08/07

Expediente: Nº 09/07

Proceso: Contencioso Administrativo

Demandante: Carlos Pitty Melgar

Demandados: Presidente Constitucional de la República y Ministro de

Desarrollo Rural Agropecuario y Medio Ambiente.

Distrito: Santa Cruz

Fecha : Sucre, 27 de febrero de 2007

Vocal Semanero: Dr. Gonzalo Castellanos Trigo

VISTOS: El informe del cursor de fs. 28, los antecedentes del proceso;

CONSIDERANDO: Que, el actor Carlos Pitty Melgar es notificado el trece de

febrero con el decreto de 8 de febrero cursante a fs.26 vta. de obrados por el que se le conmina a indicar los nombres y domicilios de los terceros interesados, dándole al efecto el plazo de 10 dias calendario computables a partir del dia siguiente hábil de su notificación y bajop conminatoria de darse aplicación a lo establecido por el art. 333 del Cód. Pdto. Civ..

Que, consta en obrados que hasta la fecha el actor no ha dado cumplimiento al mencionado decreto, por lo que corresponde aplicar la parte in fine del art. 333 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. No. 1715.

POR TANTO: El Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores consideración de orden legal, da por NO PRESENTADA la demanda contencioso administrativa de fs. 22 a 25 de obrados interpuesta por Carlos Pitty Melgar.

No interviene el Dr. Iván Gantier Lemoine por encontrarse ausente en comisión oficial.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Fdo.

Vocal Sala Primera Dr. Gonzalo Castellanos Trigo

Vocal Sala Primera Dr. Esteban Miranda Terán