AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO

S1ª Nº 04/07

 

Expediente: Nº 087/05

 

Proceso: Contencioso Administrativo

 

Demandantes: Irma Florencia Santibáñez García y otros.

 

Demandados: Director Nacional del INRA.

 

Distrito: Cochabamba

 

Fecha: Sucre, 12 de febrero de 2007

VISTOS: El informe de fs. 228, elaborado por el Secretario de Cámara de Sala Primera; y

CONSIDERANDO: QUE, IRMA FLORENCIA SANTIVÁÑEZ GARCÍA VDA. DE TORO Y OTROS, A FS. 78 - 88 INTERPONEN DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTAR EL DIRECTOR NACIONAL DEL INRA IMPUGNANDO LA RESOLUCIÓN FINAL DE SANEAMIENTO RFS-SS 0039/003 DE 6 DE FEBRERO DE 2003.

Que, mediante auto de fs. 184 se instruye la citación de tercero interesado, solicitando los demandantes a fs. 221 y vta. la notificación por edicto y la autorización de recepción de juramento de desconocimiento de domicilio, proveyéndose al mismo a fs. 223 disponiéndose lo solicitado.

Que, conforme se evidencia por el informe de fs. 228 expedido por el cursor, los demandantes a mas de no haber cumplido con el juramento para luego dar curso a la citación mediante edictos cual prevé el art. 124 del Cód. Pdto. Civ., aplicable por supletoriedad, hicieron abandono de la acción por mas de 6 meses ya que el memorial de fs. 225 solicitando fotocopias simples no interrumpe la perención de instancia en razón de ser una actuación maliciosa, dando lugar a la perención prevista en el art. 309 - I) del cód. Pdto. Civ. aplicable supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. No. 1715.

POR TANTO: En observancia de la referida disposición legal, se declara la perención de la acción contencioso administrativo incoado por Irma Florencia Santiváñez García vda. de Toro y otros contra el Director Nacional del INRA con costas.

No interviene el Dr. Esteban Miranda Terán por encontrarse ausente en comisión oficial.

Regístrese y notifíquese

Vocal Sala Primera Dr. Gonzalo Castellanos Trigo

Presidente Sala Primera Dr. Iván Gantier Lemoine