POSESION, ACTIVIDAD PROBATORIA
La tradición en la posesión de un predio se acredita con un documento, literal autenticada que cuando es presentada por el administrado debe ser valorada en el saneamiento; de omitirse la valoración de ese medio de prueba vulnera el debido proceso. (SAN-S2-0113-2017)
SAN-S2-0113-2017;PROCESO DE SANEAMIENTO, INRA
El argumento del INRA en sentido de que la prueba debe ser presentada sólo en las pericias de campo, por lo que no valora prueba alguno presentada antes de la emisión del Informe en Conclusiones, es un argumento que se considera extremadamente formalista y contradice el principio constitucional de la búsqueda de la verdad material de los hechos, pues no permite que la entidad administrativa oportunamente pueda reencausar el proceso de saneamiento. (SAN-S1-0009-2017)
SAN-S1-0009-2017;VERIFICACIÓN DE LA FES
A través de un Informe Técnico de Análisis Multitemporal, no se puede subsanar errores de fondo, es que las imgágenes satelitales no pueden sustituir la verificación de la FES, que solo puede ser realizada de manera directa y en campo. (SAN-S1-0043-2017)
SAN-S1-0043-2017;CUMPLIMIENTO DE LA FES, SANEAMIENTO
Para reconocerse y declararse el cumplimiento efectivo de Función Económico Social en el área objeto de saneamiento, se debe tener en cuenta dos elementos esenciales: a) la verificación directa in situ de la actividad productiva en el predio (mejoras etc.) y b) la verificación de la legalidad de la posesión; ambos elementos dan lugar a la tutela efectiva del derecho de propiedad y de posesión agraria. (SAN-S1-0045-2017)
SAN-S1-0045-2017;VALORACION DE LA FES, DEBIDO PROCESO, VERDAD MATERIAL
Cuando hay incoherencia entre la Ficha Catastral, con el Registro de la Ficha FES, existen (2) conclusiones contradictorias respecto de la verificación de ganado; en el Informe de Evaluación Técnica Jurídica, correspondería aclararse esa incoherencia, pero cuando no sucede así, esa imprecisa valoración de la FES genera inseguridad jurídica que afecta al debido proceso y la verdad material. (SAN-S1-0053-2017)
SAN-S1-0053-2017;INRA, CUMPLIMIENTO DE LA FS, PEQUEÑA PROPIEDAD GANADERA
Cuando el INRA adjudica un predio, por supuesto cumplimiento de la Función Social y clasifica al mismo como pequeña propiedad ganadera, siendo que en el levantamiento de datos en campo o in situ en ningún momento se verifico la existencia de ganado y no habiéndose acreditado el cumplimiento de la Función Económica Social, se produce una labor imprecisa y carente de validez, por la incoherencia entre la definición del INRA con lo actuado. (SAN-S1-0055-2017)
SAN-S1-0055-2017;SANEAMIENTO, CUMPLIMIENTO DE LA FS, DEBIDO PROCESO
Durante el saneamiento, la autoridad administrativa debe realizar una debida ponderación y valoración, de los de los documentos de transferencia que acreditan el cumplimiento de la FS, no hacerlo así implica una vulneración al debido proceso; más aún en aquellos casos en los que la parte vendedora, no solo que no observa ni objeta los documentos sino que hasta reconoce la posesión del adquirente del predio. (SAN-S1-0065-2017)
SAN-S1-0065-2017;Se constituye en error de fondo, cuando existe contradicción entre la información de los formularios de registro de datos en campo, respecto de las mejoras en datos plasmados en la ficha catastral y ficha de verificación de FES, irregularidades que vician la etapa de campo del saneamiento, ya que la información levantada en campo para ser fidedigna, tiene que ser completa y similar en todos los formularios. (SAN-S1-0067-2017)
SAN-S1-0067-2017;CUMPLIMIENTO DE LA FS, POSESION ILEGAL
El cumplimiento de la FS debe ser permanente y continuo, cuando en las Pericias de campo no se identifica trabajos de agricultura y otros, corresponde declararse la posesión ilegal del predio, por incumplimiento de la FS. (SAN-S1-0075-2017)
SAN-S1-0075-2017;VERIFICACION EN CAMPO, INRA, IMCUMPLIMIENTO DE LA FES, POSESIÓN ILEGAL
La decisión del INRA de declarar el incumplimiento de la FES y posesión ilegal, se determina en una verificación directa en campo, no siendo las imágenes satelitales prueba determinante para establecer dicho incumplimiento. (SAN-S1-0099-2017)
SAN-S1-0099-2017;CUMPLIMIENTO DE LA FS/FES, SANEAMIENTO
En la etapa de Pericias de Campo, se verifica el cumplimiento de la FS o de la FES de un predio sujeto a saneamiento, no correspondiendo realizarse nueva inspección ocular en mérito a una conciliación, efectuada con posterioridad a la fenecida etapa. (SAN-S1-0101-2017)
SAN-S1-0101-2017;VALORACION DE PRUEBA, DEBIDO PROCESO, POSESION, CUMPLIMIENTO DE LA FS
Se incurre en ilegalidad en la valoración de la prueba, cuando no se contrasta la verificación realizada in situ de la posesión y el cumplimiento de la FS con el Informe de Análisis Multitemporal, transgrediendo el debido proceso, en su componente de legalidad, seguridad jurídica, mala fundamentación e incongruencia. (SAN-S1-0111-2017)
SAN-S1-0111-2017;CUMPLIMIENTO DE LA FES, ACTIVIDAD FORESTAL
Si el Informe Multitemporal hace referencia a la actividad antrópica y a la cobertura de bosques, esa actividad forestal para el cumplimiento de la FES debe valorarse en el predio, no sustituyendo ese Informe complementario a lo verificado in situ. (SAN-S1-0125-2017)
SAN-S1-0125-2017;INRA, ACTIVIDAD PROBATORIA
El INRA incurre en un error, cuando basa su decisión en un Informe de Análisis Multitemporal, que verifica la actividad antrópica y no la actividad ganadera, por lo que no puede constituirse en prueba esencial, sino complementaria y adicional a la verificación "in situ" (SAP-S1-0015-2018)
SAP-S1-0015-2018;ACTIVIDAD PROBATORIA, PROPIEDAD GANADERA
Tratándose de una Propiedad Ganadera, el principal medio de prueba resulta ser la verificación in situ para establecer el cumplimiento de la FES; no correspondiendo que el Informe Multitemporal se constituya en prueba esencial, pues solo verifica la actividad antrópica y no la actividad ganadera. (SAP-S1-0037-2018)
SAP-S1-0037-2018;MEDIANA PROPIEDAD, IMCUMPLIMIENTO DE LA FES.
Respecto a la mediana propiedad, cuando en el trabajo de campo no se verifica la existencia de trabajo asalariado, eventuales o permanentes, medios técnicos, mecánicos y otros, se incumple la FES, vulnerándose el derecho del debido proceso administrativo, así como los principios de legalidad, seguridad jurídica y verdad material. (SAP-S1-0129-2019)
SAP-S1-0129-2019;ACTIVIDAD PROBATORIA, CUMPLIMIENTO DE LA FES/FS
En el Informe en conclusiones no se consideró que verificación directa durante la ejecución de las Pericias de Campo, se constituye en el principal medio de comprobación del cumplimiento de la Función Social y/o Función Económico Social. (SAP-S1-0115-2019)
SAP-S1-0115-2019;CUMPLIMIENTO DE LA FES/FS, DEBIDO PROCESO, RESOLUCIONES OPERATIVAS
La inexistencia de resoluciones operativas (resoluciones determinativa, instructoria y de campaña pública), impide un control de legalidad del proceso, no pudiéndose determinar si en las pericias de campo se procedió a la verificación del cumplimiento de la FS o FES, vulnerándose el debido proceso.(SAP-S1-0029-2019)
SAP-S1-0029-2019;CUMPLIMIENTO DE LA FS/FES
El pago de impuestos o la inexistencia de conflictos con predios colindantes no implican, por sí mismos, cumplimiento de la función social o económico social, toda vez que éste aspecto se encuentra regulado por los arts. 2 de la L. N° 1715 y 164 y siguientes del D.S. N° 29215, normas que no reconocen al pago de impuestos o a la inexistencia de conflictos, como elementos que permitan acreditar el cumplimiento de la FS o FES. (SAN-S2-0028-2017)
SAN-S2-0028-2017;INCUMPLIMIENTO
Certificación de Comunidad
El cumplimiento de la FS debe ser verificado en campo no sustituyéndose con instrumentos complementarios, como es una certificación de una comunidad, que no es un instrumento idóneo (SAN-S1-0027-2012)
SAN-S1-0027-2012;