Existencia / inexistencia de ilicitud de causa y motivo

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RAMAS SECUNDARIAS


PRECEDENTES


PRECEDENTE 1

EXISTENCIA / INEXISTENCIA DE ILICITUD DE CAUSA Y MOTIVO 

No procede la declaración de nulidad (por ilicitud de causa y motivo),  por el hecho de que la cosa no sea de propiedad del vendedor, en cuyo caso se está frente a una venta de cosa ajena, que es válida y eficaz; no existiendo por ello error de hecho o de derecho en la valoración de la prueba. 

ANA-S1-0017-2017;
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PRECEDENTE 2

EXISTENCIA / INEXISTENCIA DE ILICITUD DE CAUSA Y MOTIVO

Cuando hay compromiso de transferir la totalidad de una pequeña propiedad y no un acuerdo definitivo, la enajenación no se consuma y por tanto no se puede presumir la existencia de ilicitud de causa y motivo. 

AAP-S2-0020-2018;
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PRECEDENTE 3

EXISTENCIA / INEXISTENCIA DE ILICITUD DE CAUSA Y MOTIVO

De haber un error de derecho, éste debe ser señalado expresamente por los recurrentes; debe indicarse el error de derecho y la concreta solución de la situación jurídica planteada. La invocación debe ser clara, concreta y precisa y no mera referencia o critica general (...) conforme el art. 277.1 de la Ley 439. 

ANA-S2-0006-2017;
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PRECEDENTE 4

EXISTENCIA / INEXISTENCIA DE ILICITUD DE CAUSA Y MOTIVO

El juez agroambiental deberá tomar en cuenta que si bien establece la indivisibilidad de la pequeña propiedad según el art. 48 de la Ley N° 1715, concordante con el art. 169 de la CPE (abrogada) dicho artículo fue sustituido por el art. 27 de la Ley N° 3545 que en su parte in fine señala: "Con excepción del solar campesino, la propiedad agraria tampoco podrá titularse en superficies menores a la máxima de la pequeña propiedad, salvo que sea resultado del proceso de saneamiento", las escrituras públicas de compraveta de terreno anteriores a la fecha en que se puso en vigencia la Ley N° 3545 el 28 de noviembre de 2006, en el que el fraccionamiento no se encuentra prohibido por Ley; no pueden constituirse en causa o motivo ilícito que amerite la nulidad de los documentos de venta demandados en función a que estos no se encontraban prohibidos por ley.

AAP-S1-0077-2021;
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PRECEDENTE 5

Existencia / inexistencia de ilicitud de causa y motivo

No corresponde dejar sin efecto el Documento de Venta vía Nulidad de Documento Venta en mérito a la prohibición establecida en el artículo 568 del Código Civil con base en argumentos de falta de pago; que son causales externas al contrato mismo.

AAP-S2-0006-2021;
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PRECEDENTE 6

Existencia / inexistencia de ilicitud de causa y motivo

Nulidad de Contrato

En nuestra legislación los arts. 489 y 490 del Código Civil, no diferencian en las causales para la causa ilícita y el motivo ilícito, pero obviamente en el caso de la causa ilícita, debe versar sobre la ilicitud de acto y en el caso del motivo, la ilicitud debe incidir en el motivo subjetivo por el cual los contratantes realizan el acuerdo de voluntades, y en ambos casos para que haya ilicitud del acto como del motivo del contrato, deben ir contra del orden público y las buenas costumbres. Sobre el orden público, en materia contractual existen dos posiciones, la primera que considera éste como ir contra las leyes o normas establecidas y la segunda reflexiona éste como ir en contra de los valores, pautas o principios que sirven de sustento a la organización jurídico-social.

AAP-S2-0096-2021;
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PRECEDENTE 7

EXISTENCIA / INEXISTENCIA DE LA ILICITUD DE LA CAUSA Y MOTIVO

Inexistencia de la Ilicitud de la Causa y Motivo

La participación de un abogado y tenga o no tenga acreditada ésta calidad en la elaboración y firma de un contrato, no influye en la voluntad de las partes; en tal razón, no guarda conexitud con el motivo y/o causa del contrato por lo que no podría acusarse que éste elemento pueda configurar causal de nulidad. (ANA-S2-0031-2016)

ANA-S2-0031-2016;
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PRECEDENTE 8

EXISTENCIA / INEXISTENCIA DE ILICITUD DE CAUSA Y MOTIVO

Inexistencia.

En una demanda de nulidad de compra venta por ausencia e ilicitud de causa, en base a  un título ejecutorial que fue declarado nulo en la vía administrativa, se debe considerar los efectos especificados en el instrumento legal que determina dicha legalidad como nuevos derechos emergentes  en atención a la posesión legal y el cumplimiento de la función social. (ANA-S2-0079-2016)

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PRECEDENTE 9

Desestimada: Por demanda de coheredero negligente.

No corresponde la nulidad de documentos de alquiler ni transferencia realizada, por quien entonces contaba con derecho y facultad como heredero a partir de la demanda de quien por negligencia atribuible a su persona entonces aún no se hizo declarar coheredero, puesto que no existe causa ilícita cuando dichos contratos cumplieron con una finalidad económico social. ( AAP-S1-0006-2022)

AAP-S1-0006-2022;
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PRECEDENTE 10

EXISTENCIA / INEXISTENCIA DE ILICITUD DE CAUSA Y MOTIVO

No puede rechazarse de manera prematura una demanda referida a la división de la pequeña propiedad por presumir ilicitud de causa y motivo.

La administración de justicia agraria es un medio de servicio a la sociedad no un fin en sí mismo, por lo que la autoridad judicial debe sustanciar las causas observando los principios procesales contemplados en la Constitución Política del Estado, no pudiendo extralimitar su facultad prevista en el parágrafo II del art. 113 del Código Procesal Civil, rechazando una demanda por improponible de manera prematura y prejuzgando el fondo del proceso, prescindiendo del análisis, valoración, fundamentación, motivación y decisión que debe ser emitida a la conclusión del proceso oral agroambiental respecto de la acción interpuesta, considerando  que los aspectos fácticos o la acción incoada no siempre serán idénticos en todas las demandas respecto a la división de la pequeña propiedad con transferencia de acciones o derechos. (AAP-S2-0077-2022)

AAP-S2-0077-2022;
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