AUTO INTERLOCUTORIO DEFINITIVO

S1ª Nº 32/06

Proceso: Contencioso Administrativo

Demandante: Alcaldía Municipal de Guanay

Demandado: Presidente Constitucional de la República

Fecha: 5 de septiembre de 2006

Distrito: La Paz

Vocal Relator: Dr. Iván Gantier Lemoine

VISTOS: La demanda contencioso administrativo de fs. 15 a 17 de obrados, interpuesto por Eddy Rolo Loayza Guzmán en representación de la Alcaldía Municipal de Guanay; y,

CONSIDERANDO : Que de la revisión de antecedentes, se evidencia que Eddy Rolo Loayza Guzmán, en su calidad de Alcalde Municipal de Guanay, fue notificado con la Resolución Suprema Nº 226192 el 24 de julio de 2006, conforme se desprende de la diligencia de notificación de fs. 7 vta. de obrados; asimismo, se advierte que la referida demanda contencioso administrativo, fue presentada a éste tribunal el 25 de agosto de 2006, tal cual se desprende del cargo cursante a fs. 18 de obrados.

Que, tomando en cuenta la fecha de notificación con la resolución administrativa impugnada, la referida demanda contencioso administrativo de fs. 15 a 17, fue interpuesto fuera del plazo perentorio de 30 días previsto por el art. 68 de la L. Nº 1715, habiendo fenecido el mismo el 23 de agosto del año en curso.

Que, la interposición extemporánea de la demanda contencioso administrativo, no abre la competencia del Tribunal Agrario Nacional para su sustanciación.

POR TANTO : La Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, sin entrar en mayores consideraciones legales, declara NO HABER LUGAR a la admisión de la demanda de fs. 15 a 17 de obrados.

No interviene el Dr. Esteban Miranda Terán por encontrarse con licencia

Regístrese y notifíquese.

 

Expediente: Nº 127/06