NULIDAD Y/O ANULABILIDAD DE DOCUMENTO / PRUEBA
Presunciones que no llegan a concretarse.
Las presunciones basadas en conjeturas y suposiciones que no llegan a concretarse ni son corroboradas por prueba objetiva no pueden ser acogidas por la autoridad judicial cuando estas no construyen ni corroboran ninguna prueba. (ANA-S1-0008-2015)
ANA-S1-0008-2015;PRUEBA
No procede, si se aduce falta de entrega del predio y existe confesión en contrario.
No procede la demanda de exigencia de cumplimiento de contrato de compra venta aduciendo que el vendedor no hubiere cumplido con el contrato entregando la cosa al comprador, cuando existe confesión de la parte demandante de que al momento de la suscripción del contrato, el comprador estuvo en posesión del predio. (ANA-S1-0008-2015)
ANA-S1-0008-2015;NULIDAD Y/O ANULABILIDAD DE DOCUMENTO / PRUEBA
Rechazo de nuevo peritaje
No se vulnera el derecho a la defensa cuando la autoridad judicial rechaza la solicitud de otro estudio pericial, existiendo ya un informe/dictamen de peritaje en el proceso oral agrario que no fue observado en su ejecución por las partes procesales, es decir si el requerimiento es por el solo hecho perder la oportunidad de refutarlo u observarlo en el plazo de ley. (AAP-S2-0089-2022)
NULIDAD Y/O ANULABILIDAD DE DOCUMENTO / PRUEBA
Rechazo de nuevo peritaje
No se vulnera el derecho a la defensa cuando la autoridad judicial rechaza la solicitud de otro estudio pericial, existiendo ya un informe/dictamen de peritaje en el proceso oral agrario que no fue observado en su ejecución por las partes procesales, es decir si el requerimiento es por el solo hecho de haber perdido la oportunidad de refutarlo u observarlo en el plazo de ley.(AAP-S2-0089-2022)
AAP-S2-0089-2022;PRUEBA
Prueba Testifical
En la apreciación de la prueba testifical, el juez de la causa ejerce con plenitud su facultad de director del proceso para valorar el medio probatorio apreciando según las reglas de la sana crítica, la credibilidad personal de los testigos, las circunstancias y motivos que corroboren o disminuyan su fuerza probatoria.(ANA-S1-0006-2012)